Hasta hoy se debe presentar la proyección de gastos personales

Hoy 31 de enero de 2023 vence el plazo para que las personas que laboran bajo relación de dependencia presenten el formulario de Proyección de Gastos Personales, si desean acceder a un descuento en el pago del Impuesto a la Renta (IR) que corresponde al 2023.

El formulario de proyección de gastos personales de este año, según lo establecido por el Servicio de Rentas Internas (SRI), lo deberán presentar los contribuyentes que tengan ingresos iguales o mayores a la base imponible para el IR, que es de 11.722 dólares anuales.

El experto tributario, Luis Checa, indicó que, no es obligación presentar la proyección. Se lo hace para que el empleador utilice la base de esos gastos para rebajar el pago del IR, que se retiene del sueldo mensual.

“Se trata de un cálculo. Si el contribuyente no presenta el formulario, el empleador hace la debida retención sobre la base imponible y el trabajador, al final del ejercicio fiscal, es decir, al año siguiente, tiene la opción de presentar el anexo de gastos personales con documentación y facturas y solicitar la devolución de los valores en exceso, que eventualmente le hayan descontado”, indicó.

Monto

El total de gastos personales no podrá exceder las siete canastas básicas al precio de diciembre de 2022, es decir, 5.344,08 dólares.

El experto financiero, José Escandón, indicó que, para acceder a las rebajas del IR se debe cumplir dos requisitos: presentar la proyección de gastos y declarar el impuesto en el anexo de gastos personales.

La declaración se hace en el próximo ejercicio fiscal, es decir, entre el 10 y el 28 de marzo de 2024, según el último dígito de la cédula para personas naturales. Y para sociedades entre el 10 y el 28 de abril de 2024.

El formulario para la proyección de gastos personales lo puede descargar en la plataforma del SRI www.sri.gob.ec.

¿Qué incluye la proyección?

Al hacer la proyección se anotan los ingresos anuales, sin excepciones. Es decir, sueldo y otras entradas, como comisiones, horas extras y décimos. Esto es para deducir el descuento, no para calcular el monto a pagar por el IR. José Escandón, señala que, se debe tener en cuenta también el 15 % de participación de los trabajadores en utilidades, lo que hace que incremente lo que recibe el trabajador. Por ejemplo, si alguien gana 450 dólares y con las utilidades supera la base imponible, este deberá presentar la proyección si desea acceder al descuento.

Fracción básica desgravada

El SRI ha fijado la fracción básica desgravada de este año en 11.722 dólares, la cual permitirá determinar la rebaja al contribuyente que es de 10 % o 20 %. A los ingresos netos del trabajador se le resta el aporte al IESS y si el resultado es superior a los 11.722, tendrá que tributar el IR. Es aquí donde los gastos personales le permiten aplicar una rebaja y son estos contribuyentes los que deben presentar la proyección distribuyendo los gastos de: vivienda, alimentación, salud, vestimenta, turismo y educación, este último abarca arte y cultura.

Plazos

Si bien la normativa vigente del SRI indica que el formulario de proyección de gastos personales debe entregarse en enero, se puede hacerlo también entre los meses de julio y septiembre. “Esto sirve incluso para quienes presentaron una proyección, pero con el paso de los meses han superado ese valor. Presentan una nueva proyección y la empresa tendrá que recalcular el IR con esos nuevos gastos personales y aplicar la rebaja, para que al final del año cuadre el valor descontado”, explicó el experto Luis Checa.

Además, el formulario puede presentarse en cualquier mes si se recibe un aumento de sueldo.

Cómo funciona el descuento

El descuento del IR puede ser del 10 % o del 20 % sobre los gastos proyectados. Para esto se tiene en cuenta la fracción básica exenta que es de 11.722 dólares. Si los ingresos son mayores a 2,13 veces la fracción básica desgravada, es decir, si gana al año más de 24.967,86 dólares tiene derecho a un descuento del 10 %. Porcentaje que aplica a lo proyectado como gastos personales. Los que ganan menos de 24.967,86 dólares tienen una rebaja del 20 %. (I)

DATOS

En el rubro de salud se incluye lo pagado por enfermedades catastróficas, raras o huérfanas, debidamente calificadas e identificadas.

Los gastos personales proyectados incluyen todo lo realizado por padres, cónyuge o pareja de unión de hecho e hijos dependientes.

Patricia Naula Herembás

Licenciada en Comunicación Social con experiencia en medios tradicionales y digitales. Hace coberturas y en redacción de temáticas de emprendimiento, empresarial, sociedad e interculturalidad.

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