El Servicio Público para Pago de Accidentes de Tránsito (SPPAT) es una protección para todo ciudadano que sufra lesiones o fallezca en un accidente de tránsito en la red vial del Ecuador.
Aplica para:
- Conductores
- Motociclistas
- Ciclistas
- Pasajeros o
- Peatones.
El SPPAT garantiza el acceso a cinco protecciones económicas para las víctimas:
- 5.000 dólares por fallecimiento. Por cada fallecido. (Lo reciben los familiares).
- 400 dólares para gastos funerarios (lo reciben los familiares).
- 3.000 dólares para gastos médicos.
- 5.000 dólares por discapacidad.
- 200 dólares para movilización de víctimas en ambulancia.
Recaudación
La tasa del SPPAT se recauda a través de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), dentro del pago de matriculación que hacen los propietarios de los vehículos. No pagar esta tasa en el cronograma de calendarización establecido por la entidad, se sanciona con una multa del 15 % del valor de dicha tasa por mes incumplido.
El valor del SPPAT se calcula dependiendo el cilindraje y el año de fabricación del vehículo.
“Se trata de un tipo de seguro vehicular que muchas veces pasa inadvertido por los ciudadanos. El objetivo del SPPAT es garantizar la atención a todas las víctimas de accidentes de tránsito en territorio ecuatoriano, incluso extranjeros. No aplica para solventar averías en los vehículos”, explicó Andrés Padilla, experto en derechos de tránsito.
Según cifras del SPPAT, en el 2022 se entregó alrededor de 74 millones de dólares a víctimas de siniestros de tránsito a nivel nacional.
Betty Gaona, Directora Ejecutiva del SPPAT, señaló que estos beneficios económicos pueden ser solicitados hasta un año posterior al siniestro y se aplican, aunque la víctima tenga o no un vehículo.
Tranvía
En caso de que un accidente involucre al Tranvía en Cuenca, también aplica el SPPAT. “Al ser el servicio público para pago de accidentes de tránsito, que inherentemente brinda ayuda a víctimas de siniestros en la red vial estatal, el SPPAT brindaría las protecciones económicas al tratarse de un accidente en la red estatal pública”, indicó Verónica Concha, encargada de comunicación del SPPAT.
Así respondió al ser consultada luego de conocer que una ciudadana de 89 años resultó atropellada la mañana de ayer por el Tranvía, cuando intentaba cruzar la Avenida De las Américas, en el sector Parque El Dragón.
Requisitos por fallecimiento y gastos funerarios
- Copia del parte policial validado debidamente por la autoridad competente.
- Copia del protocolo de autopsia y/o copia de la historia clínica correspondiente al día del fallecimiento.
- Certificado bancario de los beneficiarios.
- Posesión efectiva de bienes realizada por los beneficiarios ante notario público. Se trata de un documento en el cual las personas que creen poseer el derecho a reclamar las protecciones, solicitan que se les otorgue la posesión efectiva sobre las protecciones del SPPAT.
- Factura original de gastos funerarios.
Para protección por discapacidad
- Certificado de discapacidad emitido por la Dirección Nacional de Discapacidades del Ministerio de Salud Pública.
- Copia del formulario 008 de la atención de emergencia recibida y epicrisis o bitácora del servicio de Unidad de Cuidados Intensivos (UCI).
- Certificado bancario de la víctima o de quien justifique ser su beneficiaron directo.
Protección por gastos médicos y atención pre-hospitalaria
Toda víctima de siniestros de tránsito tiene derecho a ser atendida en todos los establecimientos de salud públicos o privados a nivel nacional, sin ningún costo, hasta un valor de 3.000 dólares, monto máximo por gastos médicos.
Adicionalmente, puede ser trasladada en ambulancia de forma gratuita hasta un valor de 200 dólares, monto máximo de la protección por atención pre-hospitalaria. Para acceder, las víctimas o sus familiares no deben realizar ningún trámite ya que el reembolso por servicios médicos y atención pre-hospitalaria se realiza entre el SPPAT y las distintas casas de salud, de acuerdo con la normativa vigente. Así lo indica un comunicado del Servicio Público Para Pago de Accidentes de Tránsito.
Beneficios
- Protege a todas las víctimas de un accidente de tránsito sin considerar las causas del mismo.
- No tiene límite respecto al número de personas involucradas en el siniestro de tránsito.
- No es necesario el pronunciamiento de una autoridad para que la víctima sea atendida.
- Todas las personas que circulan por la red vial estatal, que hayan sido víctimas de un accidente de tránsito en donde esté involucrado un vehículo a motor, tienen derecho a recibir las protecciones económicas del SPPAT.
- Aplica, incluso, en caso de que el vehículo involucrado no esté al día en el pago de su matrícula.
- ¿Puede una Clínica u hospital negar la atención a un paciente, víctima de accidente de tránsito?
No. La normativa establece que es obligatorio atender a las víctimas de accidentes de tránsito. Existen sanciones contempladas en la Ley Orgánica de Salud si no se acata esto.
Los trámites en el SPPAT no requieren la presencia de algún abogado para ejecutar el cobro.
Aunque la ley señala que los hospitales públicos y privados deberán presentar al SPPAT los valores gastados por la atención a víctimas, los pacientes pueden presentar facturas de gastos médicos, debidamente justificadas para el rembolso de sus gastos.
DATOS
Desde 2015, el SPPAT está adscrito al Ministerio de Transporte y Obras Públicas y reemplazó al Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).
La oficina del SPPAT en Cuenca está ubicada en la Av. Huayna Cápac y Pisar Cápac, en los bajos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP).
112.413
personas recibieron el Servicio Público para Pago de Accidentes de Tránsito (SPPAT) en el 2022, según datos de la entidad.