Las reformas al COIP, en lo que tiene relación a la revisión de sentencias es un «absurdo jurídico» ya que introducir estas reformas en el ordenamiento jurídico es una barbaridad y tiene dedicatoria para beneficiar al ex presidente Rafael Correa, quien tiene sentencias penales ejecutoriadas. Por ello lo que pretenden los Asambleístas Correistas, es dar la categoría de «evidencia nueva» o «nueva prueba» a los informes de las comisiones de derechos humanos, que solo son eso «informes», sesgados, parcializados y elaborados por comisiones afines a determinado sujeto procesal al que pretenden vanamente favorecer. Correa ha presentado en el Comité Permanente de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, una denuncia de supuestas inconsistencias en el juicio donde se le condenó a ocho años de prisión por corrupción, pero no las demuestra en derecho cuáles son esas inconsistencias, que por lo mismo han quedado en simples enunciados. En la actualidad en un nuevo intento por lograr éste propósito «los alfiles» del ex presidente pretenden solapadamente, junto a las reformas al Código Integral Penal que van dirigidas al endurecimiento de penas de soslayo y por sorpresa ya pretendieron en una primera oportunidad también introducir una reforma al Recurso de Revisión, y gracias a la reacción inmediata de la ciudadanía ecuatoriana no pasó éste grande absurdo jurídico, sin embargo debemos estar muy atentos a lo que plantea la Asamblea en esta área, ya que no van a cejar el bloque Correísta en su empeño de sacar el mejor provecho para lograr la liberación de su líder hoy prófugo de la Justicia. El jurista Ramiro García «advierte la Asamblea pretende que los informes de las comisiones de derechos humanos, que no son órganos jurisdiccionales, ni están sometidos a un debido proceso, tengan el mismo efecto y el mismo valor que las sentencias de las cortes internacionales de Derechos Humanos, que son producto de un litigio en el que interviene el Estado y en el que se ha producido la violación de derechos,» este cambio o reforma es una coartada que tiene por objeto trastocar la jerarquía normativa ya que los informes de los comités de derechos humanos no proviene de jueces sino de órganos netamente administrativos. hay que entender que el Recurso extraordinario de revisión no es cualquier cosa, se trata de sentencias condenatorias cuya revisión requiere de nuevos hechos, nuevas circunstancias desconocidas que vayan a romper el blindaje jurídico que tiene una sentencia, mientras esto no exista estamos “arando en el mar», en materia penal. Hay que recordar que el Gobierno de Correa, en su época denigró y humillo a la comisión de derechos humanos porque no le convenían sus informes, y hoy quiere hacer valer los mismo porque le conviene a sus particulares intereses, que doble moral, con la que vienen actuando, sentando así pésimos precedentes para las futuras generaciones que aún creen en falsas promesas politiqueras. (O)
CMV
Licenciada en Ciencias de la Información y Comunicación Social y Diplomado en Medio Impresos Experiencia como periodista y editora de suplementos. Es editora digital.
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