La Corte Constitucional (CC) emitió un dictamen en el que estableció que el Acuerdo de Comercio Recíproco (ART) entre Ecuador y los Estados Unidos (EE. UU.) de América, firmado el 13 de marzo del 2026, requerirá de aprobación de la Asamblea Nacional, antes de entrar en vigor.
La Corte concluyó que este tratado internacional está incurso en las causales previstas en los numerales 6 y 3 del artículo 419 de la Constitución, es decir que, comprometen al país en un acuerdo de integración y de comercio, además que requerirá de reformas legales, sobre todo en el área laboral.
“En consecuencia, esta Corte considera que el Acuerdo contiene compromisos expresos para la tipificación de infracciones y la modificación de cuerpos legales, por lo que su aprobación requiere dictamen legislativo previo, al incurrir en la causal 3 del artículo 419 de la Constitución”, señaló el dictamen.
En cuanto al numeral 6 del artículo 419 de la Carta Magna, la CC señaló que, tomando en cuenta que consiste en un tratado internacional que compromete al Ecuador en materia comercial, es necesaria la aprobación legislativa.
El ART es un convenio comercial que busca facilitar el intercambio de bienes entre ambos países, reducir barreras arancelarias y no arancelarias y ampliar las oportunidades de comercio e inversión.
Se lo firmó con el fin de que los productos ecuatorianos reciban un trato preferencial en el mercado estadounidense, en el marco de la imposición de aranceles a todos los países del mundo, por parte de EE. UU.
La CC recibió varias objeciones contra este acuerdo, de sectores que aseguraban que se verían afectados por su aprobación, como los agricultores, pescadores, organizaciones indígenas, gremios de trabajadores, entre otros, quienes precisamente exigían que pase por el filtro de la Asamblea Nacional.












