Cuenca.- Los policías Ronal Patricio H. y Jordy Miguel P. y los ciudadanos Jorge Luis C. y Víctor Leonardo Ch. fueron sentenciados a treinta y cuatro años y ocho meses de privación de libertad por el robo y muerte del comerciante Juan Jerónimo Y.
En audiencia de juicio, que culminó la tarde del martes 15 de diciembre, el Tribunal de Garantías Penales del Azuay también sentenció a Joseline Belén B. a siete años de privación de libertad, debido a que se acogió a la cooperación eficaz, para lo cual aportó con información verídica y comprobable de los hechos y se benefició con una reducción de la pena.
La investigación dirigida por el fiscal Geovanny Lema determinó que el 16 de diciembre de 2019 los cinco ciudadanos llegaron en un vehículo Hyundai Tucson color verde, hasta el domicilio de la víctima, situado en las calles Carlos Arizaga Vega e Isauro Rodríguez, de Cuenca.
Los policías Ronal Patricio H. y Jordy Miguel P. se quedaron en el vehículo, mientras que Jorge Luis C., Víctor Leonardo Ch. y Joseline Belén B. ingresaron al inmueble. Primero se dirigieron hasta un local que era arrendado por la víctima, en el cual funcionaba un gimnasio, donde amedrentaron con armas de fuego a tres personas, a quienes les amarraron, para luego encerrarles en el baño.
Luego se fueron hasta la residencia de la víctima, lo amarraron de pies y manos, le agredieron con golpes de puño y patadas, y ocasionaron su muerte por asfixia mecánica.
El objetivo de los cinco ciudadanos era sustraerse medio millón de dólares, sin embargo, encontraron 2.000 dólares y huyeron con esta cantidad, a bordo del mismo vehículo.
Durante la audiencia, la Fiscalía presentó el testimonio anticipado de Joseline Belén B. Además, los testimonios del agente de la Policía que realizó la triangulación de llamadas telefónicas, con lo que se demostró que tres de los sentenciados estuvieron en la escena del crimen.
También rindieron sus testimonios los agentes de la Dinased que investigaron el hecho, el perito de Criminalística que realizó la inspección ocular técnica del lugar de los hechos y el médico legista que practicó la autopsia.
Dato jurídico
Art. 189, COIP: Si a consecuencia del robo se ocasiona la muerte, la pena privativa de libertad será de veintidós a veintiséis años. Los jueces también consideraron agravantes