Las zonas de recarga hídrica en las que no se podrá desarrollar actividad minera dentro del cantón Cuenca ya se encuentran definidas. Esta fue una disposición de la consulta popular del pasado 7 de febrero del 2021.
El martes 28 de diciembre, el Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica emitió el Acto Administrativo que redelimita la “Zona de Recarga Hídrica del Cantón Cuenca», siendo parte de esta los ríos Norcay, Tarqui, Machángara, Yanuncay y Tomebamba, con una extensión total de 1 919,37 kilómetros.
«La redelimitación final de la Zona de Recarga Hídrica toma como base referencial la delimitación inicial ejecutada por ETAPA EP para efectos de la “Consulta popular por el Agua”; sin embargo, bajo los criterios técnicos de las áreas especializadas de este Ministerio se determinó la importancia del territorio azuayo y con ello, se extendió la delimitación inicial en cumplimiento de los derechos constitucionales», dice un comunicado del Ministerio del Ambiente.
Dentro del proceso llevado a cabo por esta cartera de Estado, se realizaron mesas técnicas de trabajo en la provincia del Azuay, «aplicando criterios como: enfoque de los sistemas hidrográficos, zonas de importancia hídrica, variables relacionadas con la hidrogeología, cobertura del suelo, protección y conservación de los cuerpos de agua y sus ecosistemas asociados», añade.