Portoviejo.- La Fiscalía General del Estado formuló cargos en contra de Banny Molina, juez de Garantías Penitenciarias por su presunta participación en el delito de usurpación y simulación de funciones públicas.
El presidente de la Corte Provincial de Manabí, Carlos Zambrano, la noche de este miércoles, 10 de agosto de 2022, dictó prohibición de salida del país y arresto domiciliario, además, pidió que se oficie al Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Privadas de Libertad (SNAI), para la colocación del dispositivo de vigilancia electrónico.
Además, en su decisión, el juez dispuso el inicio de la instrucción fiscal de 90 días, tiempo en el que Fiscalía continuará con su investigación.
Detención
De acuerdo con un informe de Fiscalía, el procesado fue aprehendido la noche del 9 de agosto de 2022, por parte de la Policía Nacional del Ecuador, en San Jacinto, cantón Sucre, ejecutando una orden detención con fines investigativos y luego puesto a órdenes de la Fiscalía.
Este caso inició por una denuncia presentada por el Director General del Consejo de la Judicatura, Andrés Peñaherrera, en donde señala que el juez, hoy procesado, habría emitido tres órdenes de excarcelación para tres privados de libertad (a quienes favoreció con acciones de Habeas Corpus) a las 16:46 del 5 de agosto de 2022, cuando ya había sido llamado a juicio el mismo día, a las 12:10.
Actuó cuando su jurisdicción se encontraba suspendida.
Entre los elementos de convicción se encuentran la resolución con la cual –con voto de mayoría– se dictó el auto de llamamiento a juicio del juez Banny Molina y la resolución que el ahora procesado emitió horas más tarde, en donde benefició con una acción de Habeas Corpus a tres privados de libertad: Christian Araujo, sentenciado por asesinato a 13 años de cárcel, además se extendió ese beneficio al exvicepresidente Jorge Glas y a Daniel Salcedo.
A ello se sumaron las versiones de los procesados, y de los agentes que ejecutaron la orden de detención, la denuncia presentada por el Consejo de la Judicatura, entre otros.
El delito de usurpación y simulación de funciones públicas se encuentra tipificado en el artículo 287 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). (I)