Desde las 00:00 de este 14 de octubre del 2026, hasta las 24:00 del 20 de octubre del 2026, las industrias de alto y medio voltaje del país deberán desconectarse del Sistema Nacional Interconectado, debido a las desfavorables condiciones hidrológicas que afectan a las principales hidroeléctricas del país.
A través de un comunicado que remitieron las empresas distribuidoras del país a los consumidores de alto y medio voltaje, de la que son parte más de 9 mil industrias, se les informó que la medida está orientada a preservar las reservas energéticas disponibles, mantener el equilibrio entre generación y consumo, y priorizar la continuidad del suministro eléctrico a los hogares ecuatorianos.
Tomando en cuenta que, según señalaron las autoridades, varias empresas a las que se les dispuso una desconexión de hasta 72 horas no cumplieron con la decisión y registraron consumos superiores a los permitidos, ahora se aplicará sanciones a quien no obedezca.
“El cumplimiento de esta disposición es obligatorio y estará sujeto a verificación permanente (…) Los incumplimientos que se identifiquen serán documentados y puestos en conocimiento de las autoridades competentes, para la adopción de las medidas que correspondan conforme al marco normativo vigente”, se advirtió en el comunicado.
Para garantizar el cumplimiento de esta disposición, las industrias deberán:
- Mantener desconectadas de la red de distribución las cargas eléctricas de sus instalaciones durante el período establecido, garantizando una demanda de potencia de cero (0 MW).
- Coordinar con su personal técnico y operativo las acciones necesarias para ejecutar la medida, observando en todo momento las condiciones de seguridad de sus instalaciones y procesos.
- En caso de contar con sistemas de generación propia, utilizarlos para el abastecimiento de sus instalaciones, siempre que se cumplan las condiciones técnicas y de seguridad aplicables, sin realizar inyecciones no autorizadas a la red eléctrica.
- Proporcionar la información operativa que requiera la empresa distribuidora, para verificar el cumplimiento de la disposición.
- Abstenerse de restablecer la demanda eléctrica desde la red de distribución hasta recibir la autorización correspondiente.











