El Servicio de Rentas Internas (SRI) estableció los requisitos para que los eventos artísticos y culturales graven 0% de Impuesto al Valor Agregado (IVA). Así, los espectáculos se mantienen con tarifa cero en el boletaje siempre y cuando: el aforo permitido sea de hasta 2.000 personas y si el promotor del evento está registrado en …


