Vocal del Consejo de la Judicatura con prisión preventiva

En audiencia que culminó este 28 de septiembre de 2023 a la madrugada, el juez Walter Macías dictó la prisión preventiva contra la vocal del Consejo de la Judicatura, Maribel Barreno, quien, junto a su compañero Juan José Morillo, y el juez Vladimir Jhayya quedaron imposibilitados de ejercer el cargo.

Por decisión del juez Walter Macías, la vocal Ruth Berreno deberá cumplir prisión preventiva, además, junto con su compañero Juan José Morillo y el juez provincial Vladimir Jhayya, quedan imposibilitados de ejercer el cargo.

El juez Walter Macías llamó a juicio a Juan José Morillo y Ruth Maribel Barreno, vocales del Consejo de la Judicatura, quienes serán procesados en calidad de autores del delito de tráfico de influencias, mientras Vladimir Gonzalo Alberto Jhayya, magistrado de la Corte Provincial de Pichicha, en calidad de cómplice.

En su decisión el juez Macías consideró que existen elementos suficientes para presumir que los vocales del Consejo de la Judicatura y el juez provincial de Pichincha influenciaron para que otro juez provincial fallara dentro de un proceso constitucional, el cual involucraba a Guadalupe Llori, expresidenta de la Asamblea Nacional.

Respecto a las medidas cautelares, acogiendo el pedido de Fiscalía General del Estado, el juez ordenó la prisión preventiva en contra de la procesada Ruth Maribel Barreno y ratificó las medidas de protección de una testigo protegido.

La fiscal general del Estado, Diana Salazar, emitió un dictamen acusatorio en contra de los tres funcionarios basada en 44 elementos de convicción y solicitó que se los llame a juicio por el delito de tráfico de influencias.

Adicionalmente, el juez Walter Macías dispuso registrar la inhabilidad para ejercer cargo público de los dos vocales de la Judicatura y del juez provincial.

El caso ‘Vocales’ saltó a la luz con un audio que se hizo público en el que Barreno, Morillo y el juez Jhayya intentan incidir sobre la decisión del juez Gustavo Xavier O., que debía resolver sobre la acción de protección solicitada por Llori, quien con este recurso intentaba impedir que se la destituya.

El delito de tráfico de influencias, tipificado y sancionado en el artículo 285 inciso primero del Código Orgánico Integral Penal (COIP), se aplica para los servidores públicos que, abusando de su cargo, ejerzan influencia en otro servidor para obtener un acto o resolución favorable a sus intereses o de terceros, será sancionado con pena privativa de libertad de tres a cinco años.