Elecciones se repiten por primera vez ante mayoría del voto nulo

Las autoridades debieron reglamentar muchos aspectos de las elecciones, existían vacíos legales sobre cómo se repite un proceso por mayoría del voto nulo.

Las elecciones para designar a los vocales de la Junta Parroquial Rural de Calacalí, ubicada en Quito, provincia de Pichincha, son las primeras que se repiten en la historia del país debido a que el voto nulo superó en número a toda la votación obtenida por los candidatos a esta dignidad; aunque esta posibilidad consta en el Código de la Democracia, al ser un hecho inédito se detectaron varios vacíos legales que debieron ser reglados. El proceso se desarrolló el domingo 8 de octubre.

Según el artículo, numeral 3, del Código de la Democracia, una votación debe repetirse cuando los votos nulos superan a los votos de la totalidad de candidatos; en el caso de Calacalí, se anularon 1.882 votos, que equivale al 51,49%; mientras que las cinco listas de candidatos obtuvieron 1.806 de votos, es decir, el 48,51%.

La responsabilidad de reglamentar este hecho recayó en el Tribunal Contencioso Electoral (TCE); Ivonne Coloma, vicepresidenta del organismo, señaló que, pese a que la nulidad de un proceso, debido a que los votos nulos superaron a los válidos, está reglamentada, de todas formas se debió especificar desde qué etapa se anulaba lo actuado.

Por decisión del pleno del TCE, la elección de vocales en Calacalí fue anulada totalmente, es decir, se volvió a la etapa de elección interna, en la que las organizaciones políticas designan a sus candidatos.

La sentencia del TCE fue acatada por el Consejo Nacional Electoral (CNE), su presidenta, Diana Atamaint, señaló que esto les obligó a repetir la convocatoria a elecciones (7 de julio), el registro de alianzas, los procesos de democracia interna, la inscripción de candidaturas, la notificación y capacitación a las Juntas Receptoras del Voto (JRV), la campaña electoral y el simulacro.

“Hemos garantizado que hoy, los 4.425 electores, habilitados para sufragar en las 14 juntas receptoras del voto, ejerzan su derecho como fruto de un proceso trabajado con mucha técnica, pero sobre todo dando seguridad jurídica”, afirmó Atamaint.

¿Qué pasa si el nulo gana el 15 de octubre?

Según informó José Cabrera, vocal del CNE, si en las elecciones presidenciales del próximo 15 de octubre el voto nulo le gana a la votación que juntos obtengan Daniel Noboa (Alianza ADN) y a Luisa González (Revolución Ciudadana), la votación se anularía, sin embargo, queda por definir a qué etapa de retraería.

Cabrera puntualizó que una sentencia anterior determinaría que, si se anula la votación presidencial no se volvería a la etapa de elecciones internas, que implicaría volver a inscribir candidatos, sin embargo, recalcó que la decisión final estaría en manos del TCE, máximo órgano de justicia electoral.

Para Medardo Oleas, experto en tema electorales, la posibilidad de que los ecuatorianos tiren abajo una elección, al anular mayoritariamente el voto, está latente, pues en las elecciones del 5 de febrero del 2023 los votos nulos llegaron al 25,9%, superando a todos los candidatos electos del Consejo de Participación Ciudadana.

Se inscribieron los mismos

Pese a que en Calacalí los ciudadanos rechazaron las candidaturas que les presentaron en una primera instancia y prefirieron mayoritariamente votar nulo, en la repetición de las elecciones una de las listas inscribió a los mismos candidatos, mientras que las cuatro restantes incluyeron a por lo menos uno de los postulantes que participó en el primer proceso.

Para Medardo Oleas, la decisión de las organizaciones políticas de postular a los mismos candidatos que ya fueron rechazados es una burla al electorado; sin embargo, José Cabrera puntualizó que no existe una norma que les impida hacerlo, por lo que se respetó el derecho que tiene cualquier persona a participar en los procesos democráticos.

Necesidad del voto facultativo

Para Medardo Oleas, expresidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), la decisión de los ecuatorianos de anular su voto responde al rechazo al sufragio obligatorio, lo cual conduce a que las personas acudan a las urnas sin responsabilidad cívica y dispuestas a votar por cualquier candidato o por nadie.

“El voto nulo está identificado con la obligatoriedad del voto, si el voto sería facultativo, solo votarían las personas que se sienten identificadas con el sistema, sí tienen civismo, educación y quieren votar por un candidato”, señaló Oleas.

Para el experto, la anulación del voto también es producto del rechazo a las organizaciones políticas, en las que los ciudadanos no ven propuestas para solucionar sus problemas, además que los cargos de elección popular no son deseados como un mecanismo de servicio a la comunidad, sino como un método para obtener beneficios personales o de los partidos.

Andrea Salazar

Periodista multimedia especializada en temas políticos, judiciales, económicos y de migración con enfoque nacional.

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