La propuesta de ley de Daniel Noboa establece incentivos a la inversión y al ahorro energético, se busca prevenir pérdidas por los apagones, que en el 2023 llegaron a USD 600 millones.
El pleno de la Asamblea Nacional pasó este 3 de enero del 2024 el primer debate de la Ley Orgánica de Competitividad Energética, con la que el Gobierno del presidente Daniel Noboa busca terminar, de forma definitiva, los apagones que en el 2023 le dejaron al país pérdidas superiores a los USD 600 millones. Además propone la condonación de deudas por atrasos en pagos de la energía e incentivos al ahorro.
Durante la crisis, el país se vio obligado a comprarle electricidad a Colombia a un precio extremadamente caro, pues mientras Ecuador le ha vendido a este país como máximo a 6 centavos el kilovatio/hora, desde octubre del 2023 le tuvo que pagar 57 centavos, es decir, nueve veces más de lo que cuesta generar la energía en las hidroeléctricas ecuatorianas.
Según informó el Ministerio de Energía, las importaciones de electricidad desde Colombia representan a la economía nacional un egreso semanal de alrededor de USD 20 millones, lo que se paga a través de un sistema prepago, mecanismo que exige liquidez y pago anticipado por el consumo de la energía.
Andrea Arrobo, ministra de Energía, señaló que la crisis energética en el país es consecuencia principalmente de la casi nula ejecución del plan de expansión de generación de los anteriores gobiernos; la poca disponibilidad del parque termoeléctrico; y, el período de estiaje que se presenta entre octubre y marzo.
Para que esta situación no se repita en el futuro, se proponen varios cambios establecidos en la Ley Orgánica de Competitividad Energética, que incluyen la creación del Fondo de Eficiencia Energética, que será financiado por asignación del presupuesto fiscal y por cooperación internacional, para el financiamiento de iniciativas encaminadas al ahorro de energía y la creación de proyectos que contribuyan a la generación eléctrica.
Además, se podrá delegar a las empresas privadas, en casos excepcionales calificados por el Ministerio del ramo, para el desarrollo de actividades del servicio público de energía eléctrica y del servicio de alumbrado público, cuando sea necesario satisfacer el interés público; o, cuando las empresas públicas no puedan proporcionar el servicio.
Autoabastecimiento y ahorro
Adicionalmente, la norma promueve la creación de incentivos tributarios, a través de la deducción del Impuesto a la Renta, para las personas o empresas que se autoabastezcan de energía, puede ser con el uso de sistemas solares fotovoltaicos; y, de esta forma alivianen la carga estatal en cuanto a la generación. También se premiará la reducción del consumo.
Todo esfuerzo que realicen los usuarios en materia de ahorro será recompensado; se impulsarán proyectos de sustitución de equipos, maquinarias y electrodomésticos que sean más eficientes en el uso de la energía; además de un programa de cogeneración en la industria nacional, normalización y etiquetado de equipos de acuerdo con la cantidad de energía que consumen.
“Tenemos un proyecto de ley innovador, ambicioso, pero, sobre todo, técnicamente trabajado, que nos permitirá con urgencia paliar los efectos de la crisis y solucionar a largo plazo, sino definitivamente, los problemas de ausencia de energía y advenimiento de apagones u otros métodos de racionamiento”, afirmó Valentina Centeno, ponente de la norma.
Condonación de deudas
El proyecto de Ley Orgánica de Competitividad Energética propone la condonación del 100% de intereses derivados del saldo de las obligaciones atrasadas por el pago del servicio público de energía eléctrica y de alumbrado público general a las empresas y personas particulares, con excepción de los clientes industriales. El pago de estas deudas le permitirá al país recuperar USD 490 millones,
Adicionalmente, se perdonará el 100% de capital e interés para aquellos clientes de las provincias de Manabí y Esmeraldas, sin incluir a los industriales, de los montos generados por el no pago en el periodo de estado de emergencia a causa del terremoto del año 2016, los cuales serán calculados hasta la fecha de la publicación de la presente Ley.
Los clientes que pretendan acceder al beneficio de la condonación del 100% de los intereses deberán cancelar la totalidad de la deuda en un plazo no mayor a 90 días, contados a partir de la publicación de la presente Ley en el Registro Oficial.
Tras el primer debate, la Comisión de Desarrollo Económico, en donde se tramita le ley, recogerá los aportes de los legisladores, los que será incluidos en el segundo y definitivo debate. La Asamblea solo cuenta con 30 días para tratar la norma, pues fue remitida por el presidente Daniel Noboa con carácter económico urgente.