José Chalco: “Nos consultan si queremos que el presidente haga sus deberes”

¿La Consulta Popular propuesta por el presidente Daniel Noboa pasará el filtro de la Corte Constitucional? Es una de las interrogantes que analizamos con el constitucionalista José Chalco, quien descalificó al menos 10 de las 11 preguntas que se pretende someter a la aprobación de la ciudadanía.

Desde el 2019 la Corte estableció estándares mínimos para una Consulta Popular, el primero es la claridad, es decir, que las preguntas sean claras, sin opción a engaño; además de la carga de lealtad, que significa que lo que el elector vote genere efecto y tenga utilidad jurídica; el tercero es la constitucionalidad, que no vulnere la Constitución o cualquier instrumento internacional que esté vigente en Ecuador.

¿De las 11 preguntas, cuáles cumplen con estos tres estándares?

De las 11, 10 no tendrían que pasar a Consulta Popular, porque no surtirán ningún efecto de utilidad jurídica inmediato, al día siguiente de la consulta, en Ecuador no va a pasar nada, porque son temas que ya existen o que podrían ser tratados en la Asamblea.

¿Cuáles preguntas ya existen en otras leyes?

La 1 y la 2, la Asamblea acaba de aprobar una reforma parcial al artículo 158 de la Constitución para que las Fuerzas Armadas colaboren con la Policía; la pregunta 3, para que no se prive de la libertad a la fuerza pública, está en el artículo 54 de la Ley de Uso Legítimo de la Fuerza; la 6, hay que leer el artículo 160 del COIP, ya es delito la tenencia ilegal de armas.

Creo que la pregunta 8 es la más graciosa, es el error más grueso, porque el artículo 170 de la Constitución establece la evaluación a los empleados judiciales y en el 212 está el deber de la Contraloría de mirar el patrimonio de los funcionarios públicos; para la 10 solo se debe aplicar la Ley de Movilidad, ya existen las causas de expulsión de un extranjero, nuevamente volvemos al engaño de que se hará una reforma, si no hay que reformar nada.

¿Pasará el filtro constitucional si estas leyes ya existen?

Prácticamente nos está consultado si queremos que el presidente haga sus deberes, porque él tiene todo el tiempo la iniciativa legislativa de enviar textos normativos a la Asamblea, entonces, no nos puede consultar a los ecuatorianos si estamos de acuerdo con que haga su deber, que es enviar propuestas de reforma a la ley; además, esto es una vergonzosa burla a los ecuatorianos, porque además se nos pregunta si estamos de acuerdo con que se cumpla lo que ya existe en la ley.

¿Está incurriendo en una ilegalidad?

Está para una lógica de fraude constitucional, de abuso del mecanismo de consulta popular y de un gasto de USD 60 millones que no tiene ningún sentido.

¿Cuáles preguntas se pudieron tramitar en la Asamblea, sin necesidad de una Consulta?

Las preguntas 4, 5, 7, 9 solo requieren que el presidente envié una propuesta de reforma a la Asamblea, con eso bastaría para que se incrementen las penas en varios delitos; se prohíba que se acojan a beneficios penitenciarios; el uso de armas decomisadas para los uniformados; y, que se otorgue la titularidad de los bienes ilícitos para el Estado.

¿Por qué si hay un pacto en la Asamblea, el presidente la quiere evadir?

Si el presidente quiere burlar a la Asamblea, a través de esta consulta, implica que el pacto ya se acabó. Nos dijeron que había un pacto en la Asamblea para aprobar las leyes, entonces queda revelado que el pacto fue solo para nombrar autoridades.

Se anuncia el envío de más preguntas ¿Se puede corregir las que se envió antes?

Con un poco de menor capricho político y seriedad institucional, deberían retirar las preguntas que presentaron a la Corte y hacerlo bien. No se trata de enviar cinco más, esto es ser serios con el país y con el respeto al orden constitucional. El presidente está solamente mirando el termómetro político y no el termómetro institucional del país, porque si le interesara la institucionalidad del país, las primeras preguntas habrían sido cuestiones estructurales del Estado.

¿Cuál es la única pregunta que debería pasar el filtro de la Corte?

La 11, la de los casinos, termina siendo la única bien hecha, bien redactada, la única que tiene un sentido plebiscitario, no hay impedimento para que se vuelva a consultar esto y genere un efecto jurídico inmediato.

Andrea Salazar

Periodista multimedia especializada en temas políticos, judiciales, económicos y de migración con enfoque nacional.

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