El Gobierno decretó el estado de excepción en siete provincias y en el cantón azuayo Camilo Ponce Enríquez.
El presidente Daniel Noboa emitió el Decreto Ejecutivo 275, con el que establece el estado de excepción en siete provincias: Guayas, Manabí, El Oro, Los Ríos, Santa Elena, Sucumbíos y Orellana; y en el cantón azuayo de Camilo Ponce Enríquez.
Este es el cuarto estado de excepción del mandato de Noboa, tres de estas medidas se han tomado para combatir la inseguridad en el país y una se emitió para hacer frente a la crisis energética.
La actual declaratoria durará 60 días y no incluye horarios de toque de queda, solo se suspenden la inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia.
Según informó Diana Jácome, consejera de Gobierno, la decisión del presidente Noboa fue apoyada, de forma unánime, por el Consejo de Seguridad Pública y del Estado (Cosepe), reunido ayer en Quito, entidad que agrupa a las autoridades de todas las funciones del Estado.
“El Consejo de Seguridad del Estado ha decidido, de manera unánime, respaldar al presidente de la República Daniel Noboa en la decisión de emitir el estado de excepción en varias provincias del país”, informó Jácome, quien recalcó que la medida se adoptó ante el aumento de los índices delincuenciales en estas provincias.
Argumento de la medida
En la argumentación del Decreto 275, el primer mandatario recalcó que el estado de excepción emitido el 9 de enero del 2024, tras la primera revuelta carcelaria que enfrentó el Régimen, dio resultados positivos, al decretarse el conflicto armado interno, por lo que pide que, se le permita adoptar una medida similar, esta vez solo en siete provincias y un cantón.
Precisamente ante el combate a las organizaciones criminales, llevado adelante por la Policía Nacional, en apoyo de las Fuerzas Armadas, el Gobierno señala que existe un ensañamiento de quienes, individual o colectivamente, utilizan la violencia en tiempos de conflicto, por lo que se hace necesario adoptar nuevas medidas, pues el conflicto armado persiste.
“Ante la falta de un régimen jurídico aplicable durante el conflicto armado interno, la Presidencia de la República declara un estado de excepción focalizado en aquellos territorios con mayores índices de violencia, provocada por la empresa criminal conjunta”, se argumenta en el Decreto.
¿Por qué en Camilo Ponce Enríquez?
Precisamente por los buenos resultados del estado de excepción que se decretó en enero del 2024, cuya vigencia concluyó el 8 de abril del 2024, las autoridades señalaron que las organizaciones delictivas se concentraron en provincias y lugares puntuales, en los que, la violencia se incrementó; uno de estos sitios es Camilo Ponce Enríquez.
«Ante la acción de las fuerzas del orden en estas provincias, las organizaciones delictivas han cambiado de cabecillas y han realizado desplazamientos territoriales», que han generado «grandes cotas de violencia caracterizada por actos de terror en otros lugares», como el cantón Camilo Ponce Enríquez, de la provincia del Azuay, donde han aumentado los homicidios intencionales y el uso de armas de fuego.
Además, para decretar el estado de excepción en Camilo Ponce Enríquez se consideró el asesinato del alcalde de esta ciudad, quien murió el 17 de abril del 2024, en medio de una balacera.
«Con respecto al cantón Camilo Ponce Enríquez, resulta pertinente agregar, el hecho de conocimiento público, el asesinato violento de su alcalde, que se suscitó en una localidad caracterizada por la existencia de minería ilegal de la que se sirven los grupos armados transnacionales para sus economías criminales ilícitas», se argumenta en el Decreto.
Insiste en medida rechazada
El 30 de abril del 2024, el presidente Daniel Noboa decretó un nuevo estado de excepción, cuando el 8 de ese mismo mes se terminó la vigencia de la anterior medida, esta vez no fue a nivel nacional, sino solo en las provincias de Manabí, El Oro, Guayas, Los Ríos y Santa Elena, debido al aumento de la violencia en esas zonas del país.
Sin embargo, el 10 de mayo la Corte Constitucional emitió un fallo en el que estableció la inconstitucionalidad del decreto con el que se estableció este estado de excepción, debido a que el presidente no justificó la razón de la medida, su ámbito territorial, el plazo de aplicación, ni los hechos que se buscaban combatir.
Con el actual decreto, emitido el 22 de mayo del 2024, el presidente de la República buscaría subsanar todos los errores que la Corte le observó en su anterior pedido y esta vez justificar, de forma adecuada, la necesidad de la medida extraordinaria, que permite la participación de las Fuerzas Armadas en la seguridad interna. (I)