Gobierno analiza vetar la ley que ordena pago directo a los GAD

Con el veto total, la norma no puede volver a tratarse en un año.

Patricio Maldonado, presidente de la AME, anticipó que el Gobierno se plantea vetar totalmente la ley que ordena la distribución directa de los recursos a los GAD. Fotos:Rolando Enríquez/API

El 7 de mayo del 2024 la Asamblea Nacional aprobó la ley que le quitó al Ministerio de Economía y Finanzas la potestad de repartir los fondos a los GAD.

El Gobierno analiza vetar de forma total la Ley Orgánica para Asegurar la Asignación Directa y Oportuna de Recursos de los Ingresos Permanentes y no Permanentes de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD), aprobada en la Asamblea Nacional el 7 de mayo del 2024, con la que se garantiza el pago directo de los recursos a las prefecturas, municipios y juntas parroquiales.

Patricio Maldonado, presidente de la Asociación de Municipalidades del Ecuador (AME), informó que en estas últimas semanas se han reunido con autoridades gubernamentales, para evitar el veto total, medida que impediría que esta norma vuelva a ser tratada en el Legislativo en por lo menos un año.

“Si se veta totalmente la ley, nos genera preocupación, porque nos quedaríamos con el mismo escenario que tenemos ahora, con deudas que bordean los USD 800 millones”, señaló Maldonado.

Según el presidente de AME, en la última reunión que mantuvieron con el ministro de Gobierno, Michele Sensi-Contugi, se acordó crear un espacio de diálogo para que todos los representantes de los GAD lleguen a un consenso y se evite el veto total.

Alcance de la ley

La norma aprobada por la Asamblea Nacional termina con la potestad que tiene el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) de recibir todos los recursos del Estado y distribuirlos a los GAD, con el cambio, el dinero no pasará por manos de esta entidad, sino que irá directamente de la Cuenta Única del Tesoro Nacional a las subcuentas de los GAD que deberá crear el Banco Central del Ecuador (BCE).

El BCE será el responsable de transferir automáticamente a las subcuentas de los GAD, de manera mensual, dentro de los primeros cinco días de cada mes, el monto que legalmente les corresponda de los ingresos permanentes y no permanentes.

La norma, que tiene seis artículos, una disposición general y tres transitorias, no es un nuevo proyecto de ley integral, sino reformas parciales a cuatro cuerpos legales: los códigos orgánicos de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización; Monetario y Financiero; de Planificación y Finanzas Públicas; y, la Ley Orgánica de Régimen Tributario.

Sanción por incumplimiento

Si el ministro de Economía y Finanzas no remite al BCE los montos de lo que se les debe depositar a los GAD, podrá ser sujeto de un juicio político en el interior de la Asamblea Nacional, por incumplimiento de funciones.

Mientras que, si el gerente del BCE no transfiere el dinero a las subcuentas de los GAD, será sancionado con ipso jure (de pleno derecho) e inmediata de su cargo, previo el debido proceso que garantice su derecho a la defensa.

Pago de lo atrasado

La ley aprobada por la Asamblea Nacional le otorga al Gobierno central 90 días para igualarse en todo lo adeudado a los GAD a la fecha de entrada en vigor de la norma, el pago solo podrá ser en efectivo.

Aquí estaría la principal objeción del Gobierno a la aprobación de la ley, pues no se contaría con los recursos económicos para cancelar los más de USD 1.400 millones que, hasta inicios de mayo del 2025 les debía a los municipios y prefecturas.