En días pasados se consumó un hecho previsto que tuvo lugar en la Asamblea Nacional, cuando una mayoría conformada con fines políticos destituyó a Fausto Murillo y censuró a Juan José Morillo vocal y ex vocal del Consejo de la Judicatura respectivamente en un proceso en que se discutieron derechos y obligaciones por ende sujeto a los principios de equidad e imparcialidad.
La constitución establece en el artículo 131 la potestad de la asamblea Nacional para enjuiciar políticamente a solicitud de una cuarta parte de sus miembros por incumplimiento de sus funciones a los ministros de Estado y más altos funcionarios incluso los miembros del Consejo de la Judicatura, cuya censura y destitución requiere el voto favorable de la mayoría absoluta con excepción de los ministros de Estado y los miembros de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura que requieren de las dos terceras partes.
En el contexto de una realidad crítica, fluyó previo acuerdo político de RC, SC, ADN, la moción pro destitución y censura de los mencionados enjuiciados en una misma cuerda, cuando la lógica procesal, la constitución y la normativa internacional establecen que cada persona responde por sus actos y tienen derecho al juicio justo, pero en este caso se confundieron los actos y las responsabilidades para por la fuerza del número y no de la razón, imponer una resolución contra el doctor Fausto Murillo, quien como vocal y presidente del Concejo de la Judicatura impulsó el proceso depurador de la Función Judicial.
Una vez más se confirma que el juicio político nada tiene de jurídico.
Todo terminó con la frase “Hemos recuperado la justicia” anunciando el retorno a los diez años de autocracia y la impunidad de los prófugos.
La fiscal general del Estado es el próximo objetivo.
Pero Metástasis y el caso Purga sacuden el tinglado del crimen organizado y la corrupción. (O)