La reunión que, desde el año 1059, celebra el Colegio Cardenalicio de la Iglesia Católica, se denomina “Cónclave” y sirve para elegir al Sumo Pontífice, a causa del fallecimiento o de la renuncia del Papa en funciones. En 1274, el Papa Gregorio X, a través de la bula “Ubi periculum”, denominó “Cónclave” a dicha reunión, cuya traducción latina es “cum clave”, que significa “con llave”, por llevarse a cabo a puerta cerrada. Los últimos Cónclaves se han realizado en la Capilla Sixtina del Vaticano. En 1970, una disposición del Papa Pablo VI, vigente hasta la actualidad, excluye a los Cardenales de más de 80 años de edad, de formar parte de un Cónclave y, el mismo Pablo VI, en 1975, limitó el número de miembros del Colegio Cardenalicio a 120. En 1996, Juan Pablo II, estableció la necesidad de una mayoría calificada de dos tercios de los votos para elegir al futuro Sumo Pontífice. El último Cónclave se efectuó en el 2013, mismo que eligió al Cardenal argentino Jorge Mario Bergoglio como el Papa Francisco.
Dependiendo de las épocas, y dada la trascendencia del máximo conductor de la Iglesia Católica, las elecciones papales no han estado exentas de una serie de vicisitudes, así como de cambios en la composición de los Cónclaves y en las reglas para su funcionamiento, basta recordar que en la elección de uno de los Papas en el siglo XIII, el Cónclave duró cerca de tres años sin llegar al “humo blanco” que representa una elección exitosa. Además de otras situaciones, como las distancias que debían cubrir los añosos Cardenales para llegar a Roma, los achaques propios de su edad como las próstatas inflamadas o la hipertensión arterial o la diabetes, y sin embargo, el Cónclave cumplía su mandato.
Asistiendo a los tortuosos y malolientes procesos para las designaciones del Contralor, del Defensor del Pueblo, del Consejo de la Judicatura, de los jueces de la Corte Nacional de Justicia, de las autoridades electorales en el Ecuador, y viendo semejante “desmadre” en tan fundamentales procesos, ¿no será bueno plantear la necesidad de un “cónclave cardenalicio” para la designación de tales autoridades? (O)