Desde las 00h00 del 15 de agosto y las 00h00 del 15 de septiembre de 2026 regirá la veda del cangrejo rojo en el país, la cual estaba previsto que se ejecute del 1 al 30 de septiembre.
El adelanto de la veda de muda se tomó con base a la información técnica y científica del Instituto Público de Investigación de Acuacultura y Pesca (IPIAP), según informó el Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo.
La cartera de Estado señaló que la medida busca resguardar las poblaciones de este recurso y permitir que sus capturas se realicen de manera adecuada y racional, asegurando la sustentabilidad de estos recursos en esta etapa muy sensible y vulnerable de su crecimiento.
A través del Acuerdo Ministerial MDEP-SRP-2026-0004-A, se estableció que la restricción de comercialización del crustáceo se aplica para todos los actores del sector pesquero y no incluye al cangrejo azul, solo al rojo.
Durante el periodo de veda establecido se prohíbe en todo el territorio nacional; la recolección, captura, transporte, posesión, procesamiento y la comercialización interna y externa de la especie Cangrejo Rojo (Ucides occidentalis).
Las empresas procesadoras/comercializadoras que hayan procesado cangrejo rojo (Ucides occidentalis) antes del periodo de veda deberán declarar su inventario hasta el 15 de agosto a la Dirección de Control Pesquero (DCP). Dicho stock podrá ser comercializado dentro de un plazo máximo de 5 días.
El plazo máximo de cinco días también se aplica para la venta de este producto en los restaurantes, en caso de que dichos establecimientos no hayan agotado su inventario en el tiempo señalado, los cangrejos no podrán ser comercializados hasta el fin de la veda.










