El Impuesto al Valor Agregado (IVA) para los servicios turísticos en Ecuador se reducirá temporalmente del 15 % al 8 % durante los cuatro días de feriado nacional, del sábado 31 de octubre al martes 3 de noviembre de 2026.
Así lo establece el Decreto Ejecutivo 526, suscrito el 29 de octubre de 2026 en Guayaquil por el presidente Daniel Noboa.
La rebaja se da en el marco del feriado por el Día de los Difuntos, el 2 de noviembre, y la Independencia de Cuenca, el 3 de noviembre.
¿Qué servicios tendrán el IVA reducido?
La tarifa del 8 % se aplicará a las actividades consideradas turísticas en el artículo 5 de la Ley de Turismo. Entre ellas están:
- Alojamiento.
- Servicios de alimentos y bebidas.
- Transporte turístico aéreo, marítimo, fluvial y terrestre.
- Alquiler de vehículos destinados al turismo.
- Operación e intermediación turística.
- Agencias de viajes.
- Organización de congresos, convenciones y eventos.
La disposición también incluye otras actividades reconocidas por la Ley de Turismo, como servicios de guianza, centros de turismo comunitario, parques temáticos, balnearios y termas.
Aplicación de la tarifa durante el feriado
El decreto encarga al Servicio de Rentas Internas (SRI) ejecutar las acciones necesarias para aplicar la reducción.
Los establecimientos que presten los servicios señalados en la normativa deberán emitir sus comprobantes de venta con el IVA del 8 % durante las cuatro fechas establecidas.
La disposición entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
La reducción busca incentivar el consumo de servicios turísticos durante el descanso nacional, que se extenderá por cuatro días consecutivos. (I)
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