La Fiscalía General del Estado ecuatoriano y la Procuraduría General solicitaron este viernes a la Corte Nacional de Justicia que descarte el recurso de apelación presentado por la exvicepresidenta del país María Alejandra Vicuña, en un caso de concusión por el que fue condenada en enero de 2020.
«Existen suficientes elementos probatorios donde se demuestra la materialidad de la acción, la prueba documental, testimonial y pericial que se valoró en su momento», dijeron ambos organismos en la audiencia celebrada en Quito.
Después de menos de dos horas de iniciada la audiencia, los jueces se retiraron a deliberar e informaron de la suspensión de la audiencia hasta «notificar de forma oportuna para dar a conocer la resolución».
COBROS INDEBIDOS
Según Wilson Toainga, fiscal general en funciones, todos los argumentos esgrimidos por la defensa técnica han sido desvirtuados en el fallo, por lo que solicitó que, además, se mantenga la disposición de no otorgar la suspensión condicional de la pena.
Vicuña, que fue vicepresidenta de Ecuador entre octubre de 2017 y diciembre de 2018 -primero como interina y después confirmada por la Asamblea-, apeló hoy la sentencia que llevó a su destitución por un delito de concusión.
Entre las acusaciones figura el haber exigido aportaciones salariales a ayudantes cuando se había desempeñado como asambleísta por la provincia de Guayas entre 2009 y 2017.
En enero de 2020, Vicuña, de 42 años, fue sentenciada a un año de prisión y a pagar 173.180 dólares como indemnización equivalente al cuádruple de la cantidad recibida de las aportaciones.
En la causa, la Fiscalía argumentó que recibió transferencias bancarias de tres de sus asesores por valores de 23.300 dólares, 14.650 dólares y 5.345 dólares, respectivamente.
Además, el tribunal ordenó el comiso de un inmueble de su propiedad localizado en Samborondón, provincia del Guayas.
En la sesión de hoy en el Tribunal de Apelaciones, presidido por los jueces David Jacho, Dilza Muñoz e Iván León, Toainga solicitó que en «la sentencia subida en grado se imponga el máximo de la pena en el tipo penal acusado», informó el departamento de Comunicación de la Corte Nacional de Justicia.
Por su parte, María José Dalgo, en representación de la Procuraduría, dijo que «se determinó que la sentenciada ejecutó su conducta con respecto a solicitar una remuneración a sus colaboradores» y solicitó que «al no haberse probado las atenuantes se le imponga la pena máxima, es decir 4 años, según lo establecido en el artículo 264 párrafo primero del COIP (Código Orgánico Integral Penal)».
NO HUBO DELITO, SEGÚN LA DEFENSA
La defensa de la exvicepresidenta, en manos de Juan Carlos Salazar, solicitó la anulación de la sentencia y que se declare inocente a su cliente, argumentando que «el tipo penal y dogma, prueba actuada que no determina la existencia material de la acción y los yerros cometidos en el fallo».
«El delito, según lo que consta en la sentencia, fue cometido en el período 2011-2016 y recién se le procesa en el 2018. Eso demuestra que las agravantes no fueron tomadas en cuenta en el momento del cometimiento del hecho, por lo tanto, los recursos de apelación presentado por Fiscalía y la Procuraduría deben ser desechados», manifestó.
Además enfatizó en que «cualquier aporte se lo hacía de forma voluntaria porque eran amigos de la Alianza Bolivariana Alfarista», refiriéndose a las pruebas presentadas en la audiencia.
«Por lo tanto, solicitamos en base a la argumentación realizada, se acepte el recurso de apelación, se revoque la sentencia venida en grado y se ratifique el estatus de inocencia de Vicuña», dijo, según los comunicados de la Corte Nacional de Justicia. EFE