La delincuencia ha sido uno de los fenómenos sociales más reconocidos a nivel mundial. Los autores Ugarte et al (2015), consideran que la palabra delincuencia es “el término a través del cual, expresamos la acción de perpetrar delitos; asimismo es la serie de acciones delictivas vinculadas a una época y lugar”.
La tipología de la delincuencia enfatiza que una tipología forma parte de esos viejos, pero vigentes y muy utilizados, recursos de la Sociología, en particular, y de las Ciencias Sociales, en general, para interpretar y comprender un fenómeno de la realidad; para caracterizar, identificar cuestiones sociales, para producir datos o, en otras palabras, ser puente, conexión, entre la teoría, los conceptos y los datos ̈ (Cohen y Gómez, 2011).
Un estudio revela que en las familias con un nivel económico estable, el factor que incide en la delincuencia son las drogas y el alcohol; mientras que, para las familias con un nivel económico medio y bajo, la principal causa es la desintegración familiar. De igual manera, otro de los factores que pueden llegar a tener repercusiones negativas en los seres humanos son los factores dinámicos e interpersonales (Navarro y Pastor, 2017).
Barrios (2018) describe una clasificación en la cual constan los tipos de delincuentes y sostiene que hay factores degenerativos, como los hereditarios, más que condiciones sociales los que afectan; dentro de ellos están:
– El delincuente nato: se identifican por tener atributos primitivos que son producto del retroceso a etapas primitivas de la humani- dad, caracterizándose por ser un tipo hipo evolucionado. Sus características físicas como psíquicas son: la frente reducida, desarrollo de los pómulos, gran cantidad de vello, orejas en forma de asa, insensibles al dolor, insensibles afectivamente, cínicos, soberbia, crueldad, impulsividad y grandes anhelos vengativos.
– El delincuente loco moral: Corresponde al estado psicopatológico que impide o perturba la normal valoración de la conducta desde el punto de vista moral, pero dejando subsistente la capacidad cognoscitiva y volitiva. Se caracterizan por su indiferencia afectiva que en conflicto con la ley se transforma en odio. Tiene una corpulencia física, astucia e inteligencia natural intacta. Suele cometer sus primeros delitos desde la infancia o adolescencia.
– El delincuente epiléptico: se caracteriza por ser violento y agresivo, sin remordimientos debido a su estado epiléptico.
– El delincuente loco: es aquel que comete delitos con pleno uso de razón, pero enloquece en prisión. En cambio, el loco delincuente perpetra acciones delictivas motivadas por la ausencia de capacidad cognitiva.
– El delincuente ocasional: aquel que comete delitos no tanto por la ocasión propicia para ello, sino que las comete de manera esporádica atraído por el delito.
– El delincuente pasional: no comete el delito por la simple existencia de rasgos anómalos, sino como origen de ese ímpetu o sustentado por alguna pasión. Este tipo de delincuentes suele tener a posteriori grandes remordimientos que los llevan al suicidio.
Atención a grupos vulnerables de delincuencia
Para entender la problemática que conlleva la causa de los grupos vulnerables, resulta pertinente recordar qué es la vulnerabilidad. Desde el punto de vista de Feito (2007), la vul- nerabilidad se ha ido asociando no solo con las condiciones del individuo sino,
cada vez más, con las condiciones del medio (ambientales, sociales o de otro tipo) en que su vida se desarrolla, dando lugar a la necesidad de incorporar los aspectos socioculturales en la comprensión de este concepto. De ahí que se hable, frecuentemente, de poblaciones vulnerables, para referirse a aquellos grupos de personas que, a consecuencia de las condiciones del medio en que viven, están en una situación de mayor susceptibilidad al daño.
Al hablar de grupos vulnerables es importante resaltar que se trata de todas las personas que por edad, raza, género, antecedentes económicos, características físicas, circunstancias culturales o políticas, son las propensas a que vulneren sus derechos. Por lo tanto, los grupos vulnerables, por sus mismas condiciones, son más propensos a las amenazas de la delincuencia.
En cuanto a las medidas de protección a víctimas y testigos, la Fiscalía General del Estado, en su Registro Oficial el año 2014, en el artículo 78 de la Carta Magna declara: “Las víctimas de infracciones penales gozarán de protección especial, se les garantizará su no revictimización, particularmente en la obtención y valoración de las pruebas, y se las protegerá de cualquier amenaza u otras formas de intimidación. Se adoptarán mecanismos para una reparación integral que incluirá, sin dilaciones, el conocimiento de la verdad de los hechos, la restitución, indemnización, rehabilitación, garantía de no repetición y satisfacción del derecho violado.
Se establecerá un sistema de protección y asistencia a víctimas, testigos y otros participantes procesales. Es decir, que las víctimas tendrán derecho a solicitar y recibir protección especial en caso de que su vida o integridad física o sus familiares se enfrenten a graves riesgos o amenazas debido a sus denuncias o proceso de intervención”.
Al respecto, para mitigar los altos grados de violencia, el Ministerio del Interior presentó el “Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social Pacífica 2019- 20130”, que tiene como objetivo consolidar una sociedad segura y pacífica.
El llamado se da desde el punto de vista preventivo, para determinar qué se puede hacer a fin de detener y controlar la delincuencia. Las propuestas de trabajo deben ser integradas a base de distintas miradas: núcleo familiar, educativo, antropológico, cultural, económico, político, psicosocial, entre otros. (NNM)