Con siete votos a favor y tres en contra, el pleno de la Corte Constitucional (CC) emitió su dictamen de procedimiento sobre las ocho preguntas que el presidente Guillermo Lasso pretendía hacerles a los ciudadanos, a través de una consulta popular.
En esta primera instancia, dos de las interrogantes no fueron aprobadas y, si el mandatario decide insistir en hacerlas, deberán seguir otra vía que no es la enmienda constitucional.
“La Corte Constitucional decidió aceptar la vía de enmienda para modificar la Constitución respecto de las preguntas 2, 3, 4, 5, 7 y 8 planteadas por el presidente de la República.
Este Organismo también resolvió que las propuestas planteadas en las preguntas 1 y 6 no se pueden tramitar por enmienda, podrían tramitarse, al menos, por vía de reforma parcial”, informó la CC.
La pregunta 1, que ya no seguirá en debate en la CC se refería a la posibilidad de que las Fuerzas Armadas (FF.AA.) brinden un apoyo complementario a la Policía Nacional para combatir el crimen organizado, sin la necesidad de la emisión de un estado de excepción.
Preguntas
Al constitucionalista Ismael Quintana, la respuesta de la CC sobre esta pregunta es la que menos sorpresa le ha causado, pues la Corte, en todos los pronunciamientos que ha emitido ante los pedidos de estado de excepción para combatir la crisis carcelaria y la inseguridad en el país, y en su fallo sobre el Acuerdo Ministerial 179, dejó claro que no está de acuerdo con la participación de las FF. AA. en la seguridad ciudadana.
“La Corte consideró que parte de la estructura fundamental de la Constitución, y de los elementos constitutivos del Estado, es la separación funcional entre las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional”, se puntualizó en la sentencia.
Mientras que con la pregunta 6 el presidente buscaba quitarle al Consejo de Participación Ciudadana (CPC) la potestad de designar autoridades y pasarle esta atribución a la Asamblea Nacional, la cual las designaría de ternas enviadas por el Ejecutivo.
“La Corte estableció que el nuevo mecanismo de selección de autoridades altera el principio republicano de Gobierno, al modificar el sistema de pesos y contrapesos de los poderes del Estado”, puntualizó la CC en su pronunciamiento.
Esta respuesta, en cambio, sí le sorprendió a Quintana, pues la CC, en su fallo del 2019, dejó claro que el retiro de las atribuciones del CPC para elegir autoridades sí era posible mediante enmienda constitucional. “Hay una franca contradicción con lo que la CC del 2019 decidió”.
Como lo advirtió la CC en su fallo, estas dos preguntas ya no serán consideradas para el siguiente punto de análisis.
El constitucionalista Alexander Barahona explicó que, si el presidente decide insistir en su aprobación, deberá seguir los pasos para una reforma parcial, es decir, ser aprobadas en dos debates en la Asamblea, para posteriormente someterla a un referéndum para que se pronuncie el pueblo.
No está todo dicho
Las seis preguntas que sobrepasaron el primer filtro de la Corte Constitucional (CC) tienen relación con la extradición de ecuatorianos, garantizar la autonomía de la Fiscalía, la reducción del número de asambleístas, la auditoría de los registros de afiliados de los partidos políticos, la protección de zonas hídricas y la compensación de servicios ambientales.
Sin embargo, según aclararon los expertos, el haber pasado este filtro no garantiza que estas preguntas estén en la consulta popular, pues ahora la CC se tomará 20 días para emitir un segundo pronunciamiento, este sí de fondo, en el que calificará la constitucionalidad de su contenido.
Solo las interrogantes que pasen este análisis serán sometidas a referéndum.
La CC además advierte que podría hacer un tercer control de constitucionalidad de la modificación constitucional ya aprobada. (ASM)-(I)
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20 días tendrá la Corte Constitucional para pronunciarse sobre la constitucionalidad de las seis preguntas que ahora tiene la consulta popular del Gobierno.