
A través del Decreto Ejecutivo 76, el presidente Daniel Noboa declaró el estado de excepción en las provincias de El Oro, Guayas, Los Ríos y Manabí, por la causal de grave conmoción interna.
En el fundamento de la medida se informó que la decisión se basa en el incremento de los índices de violencia, cometimientos de delitos e intensidad de la perpetración de ilícitos por grupos armados en estas cuatro provincias.
Aumento de la violencia
Según las cifras expuestas por el Gobierno, basadas en el Sistema de Registros de la Dirección Nacional de Delitos contra la Vida (Dinased), entre el 11 de julio y el 3 de agosto del 2024 se registraron en Manabí 31 muertes violentas, mientras que en el mismo período del 2025 se han producido 104, un incremento del 239 %.
En la provincia de Los Ríos, en el lapso anteriormente citado, en el 2024 existieron 56 asesinatos, mientras que en 2025 llegaron a 87, con un aumento del 55 %.
Sin embargo, en Guayas las muertes violentas se redujeron en un 15 % y en El Oro disminuyeron en un 20 %, según el Gobierno, por el accionar de las Fuerzas Armadas.
La declaratoria de estado de excepción tendrá una vigencia de 60 días; según el Gobierno, este plazo es el adecuado para “mitigar los hechos fácticos planteados”.
Además, en este tiempo se coadyuvará el accionar de las Fuerzas Armadas para mantener la soberanía y la integridad del Estado, y a la Policía Nacional en seguridad ciudadana, protección interna y orden público.
El estado de excepción no implica la aplicación de un toque de queda en estas provincias; solo se restringen los derechos a la inviolabilidad de domicilio y de correspondencia.
A través de la suspensión del derecho a la inviolabilidad, según argumentó el Gobierno, se pretende la identificación, análisis y recopilación de mensajes, comunicaciones y cartas que tengan por objeto el ocultamiento de cualquier miembro de grupo armado organizado o de alguna conducta ilícita.
Mientras que la suspensión del derecho a la inviolabilidad de domicilio servirá para la realización de allanamientos en los lugares donde se encuentren los miembros de los grupos delincuenciales, para la incautación de drogas y para dar con los lugares donde se cometen ilícitos. (I)