OPINIÓN| El presidente objetó totalmente el Código de la Salud y como lo establece el artículo 138 de la Constitución la Asamblea podrá tratarlo luego de un año a partir de la objeción. Las razones que las definiciones son erróneas, la estructura poco clara en competencias y responsabilidades no contempla articulado sobre pandemia, los suicidios y …



