La Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad por el fondo del Art. 150.2 del COIP en la frase “en una mujer que padezca de discapacidad mental”, con lo que se elimina la sanción penal para las víctimas de la violación sexual que no tienen discapacidad mental y que deciden interrumpir el embarazo resultado de dicha violación. …











