Cuando los gobiernos nacionales o subnacionales descuidan la cobertura o calidad de los servicios públicos, generan malestar y protestas. En casos extremos, algunas provincias o departamentos promueven procesos secesionistas, invocando la libre determinación de los pueblos.
Sin embargo, estas iniciativas también pueden buscar presionar a las autoridades para obtener más recursos y poder de decisión. Ecuador no fue la excepción: a comienzos de siglo se celebraron consultas populares sobre autonomías como respuesta al centralismo.
Aunque la Constitución de 2008 estableció un gobierno descentralizado, persisten prácticas centralistas tanto en el ámbito nacional como en provincias y cantones. Esto ha contribuido a la atomización municipal, evidenciada en la creación de Sevilla Don Bosco y Borbón, que elevó a 223 el número de cantones. El territorio no ha crecido; se ha fragmentado al convertir parroquias en cantones.
En período electoral resurgen demandas de parroquias desatendidas y propuestas políticas que presentan la cantonización como respuesta a la falta de servicios públicos o como medida de presión. Sin embargo, la normativa exige requisitos ineludibles: una población mínima de 50.000 habitantes, con la excepción prevista para la Amazonía; delimitación territorial; diez años de existencia de las parroquias rurales promotoras; informes favorables del gobierno provincial y del organismo nacional de planificación; informe previo no vinculante de los municipios involucrados; y respaldo ciudadano mediante consulta popular.
La ley es clara y no admite cantos de sirena. No hace falta dividirnos más, sino que los gobiernos subnacionales atiendan mejor a la ciudadanía con servicios públicos oportunos, continuos y de calidad. (O)
@andresmartmos




