Asamblea Nacional aprueba que se reformen dos artículos de la Constitución que se refieren a la financiación de partidos políticos

Luego de más de dos horas de sesión, en la Asamblea Nacional se logró aprobar la reforma parcial de los artículos 110 y 115 de la Constitución de Ecuador, los cuales hacen referencia a la dotación de recursos por parte del Estado a los movimientos y partidos políticos.

A pesar de los criterios divididos se obtuvieron 81 votos a favor, 63 en contra, y una abstención. Con los resultados se alcanzaron los votos necesarios de la moción que propuso el asambleísta Esteban Torres.

Qué dicen los artículos 110 y 115

El artículo 110 de la Constitución dice:

«Los partidos y movimientos políticos se financiarán con los aportes de sus afiliadas, afiliados y simpatizantes, y en la medida en que cumplan con los requisitos que establezca la ley, los partidos políticos recibirán asignaciones del Estado sujetas a control».

Mientras que, el 115 dice:

«El Estado, a través de los medios de comunicación, garantizará de forma equitativa e igualitaria la promoción electoral que propicie el debate y la difusión de las propuestas programáticas de todas las candidaturas. Los sujetos políticos no podrán contratar publicidad en los medios de comunicación y vallas publicitarias. Se prohíbe el uso de los recursos y la infraestructura estatales, así como la publicidad gubernamental, en todos los niveles de gobierno, para la campaña electoral. La ley establecerá sanciones para quienes incumplan estas disposiciones y determinará el límite y los mecanismos de control de la propaganda y el gasto electoral»

Los ciudadanos decidirán en las urnas

El 5 de agosto, el presidente Daniel Noboa presentó las siete preguntas que propone hacer a los ecuatorianos en la próxima consulta popular. La segunda pregunta se refiere precisamente a la dotación de recursos públicos a los movimientos políticos:

«¿Está usted de acuerdo con que se elimine la obligación del Estado de asignar recursos del Presupuesto General del Estado a las organizaciones políticas, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?».

Una vez que se tiene la venia de la Asamblea Nacional, y de aprobar esta pregunta la Corte Constitucional, los ecuatorianos decidirán si deseen que se elimine la obligación de entregar recursos públicos a las organizaciones políticas. (I)

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