El presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo 519, que suspende el derecho a la libertad de tránsito entre las 00h00 y las 05h00 en El Oro, Esmeraldas, Guayas, Los Ríos y Manabí, desde el 1 hasta el 10 de noviembre de 2026.
El decreto, que se firmó el 15 de octubre, reforma el artículo 4 del Decreto 498, que el 15 de septiembre declaró el estado de excepción por grave conmoción interna. La medida no cambia el territorio ni el plazo de 60 días de ese estado de excepción.
En el decreto, el Gobierno sostiene que la violencia continúa en las cinco provincias pese al toque de queda anterior, que rigió del 17 al 30 de septiembre. Según los informes de la Policía, el Ministerio del Interior y las Fuerzas Armadas citados en el decreto, las organizaciones criminales mantienen su capacidad de reorganizarse, moverse y abastecerse.
Entre el 17 de septiembre y el 13 de octubre, la Policía contabilizó 483 víctimas de homicidio intencional en todo el país. De ellas, 281 (58,18 %) murieron entre las 18:00 y las 05:59.
Según el Gobierno, el objetivo es limitar la movilidad de las estructuras criminales, facilitar el control de accesos y corredores y reducir la exposición de la población civil durante los operativos.
Cómo se aplicará
La restricción rige cada día de 00h00 a 05h00. El decreto entra en vigencia a las 00h00 del 1 de noviembre.
El control de las personas que circulen en ese horario será “racional y proporcional” y considerará cada caso y las situaciones de necesidad o emergencia que justifiquen el desplazamiento. (I)
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