La Constitución y las leyes, establecen que los llamados grupos de atención prioritaria recibirán, entre otras cosas, atención prioritaria y especializada; las leyes orgánicas de discapacidades y de las personas adultas mayores, disponen que se la debe proporcionar incluso en espacios preferenciales. Al parecer las instituciones públicas y privadas que atienden al público, no entienden …









