Pugna peligrosa

Las pugnas políticas extremas y sin ninguna consideración para con el país suelen pasar factura.

En muchos casos la Constitución y demás leyes se interpretan o aplican según las conveniencias o el interés de ciertos actores políticos.

Los órganos de control, lejos de ser un contrapeso legítimamente democrático, parecen responder a consignas partidistas. Su misma integración así lo refleja, claro está, bajo el ropaje de haber sido escogidos sus miembros en concursos públicos y hasta mediante el voto popular.

Una nueva pugna sale a la luz. Los actores: el Gobierno y la Corte Constitucional. La CC, tras la muerte cruzada debe pronunciarse sobre si los decretos ley de carácter económico urgente enviados por el Ejecutivo se encausan o no dentro de lo fijado para estos casos especiales.

Para el presidente Guillermo Lasso, la CC se extralimita al interpretar la norma constitucional a falta del legislativo.

Se refiere, en concreto, a no considerar como de urgencia económica el Decreto Ley Orgánica Reformatoria para la Atracción y Fomento de Inversiones. Propiciaba la creación de zonas francas.

Según la CC, esa propuesta requería de un dictamen previo de constitucionalidad, y, por ende, no es de urgencia económica.

Para Lasso, tal postura significa extralimitación de atribuciones, “invadiendo la facultad” constitucional –la suya como Presidente – en tiempos de muerte cruzada. Le increpa, además, del riesgo de convertirse “en un actor político-económico de hecho”.

Esa reacción ocurre a pocos días del envío de otros tres decretos ley, asimismo urgentes. Uno se relaciona con el refinanciamiento de deudas para negocios proclives a registrar pérdidas a causa de El Niño.

La otra pugna la propician el Consejo de Participación Ciudadana y la Fiscalía, si bien empujada por el CPC cuyos fines el país los conoce en demasía y hasta desde dónde provienen.

En la era de la muerte cruzada, el Ecuador parece “marchar en su propio terreno”.