Alí(neado)

José Chalco Salgado / @jchalco

La Corte Constitucional es guardián de la Constitución. Su deber no descansa en esperar y mirar el paso de la realidad institucional y del país. Podría ser desastroso. Al contrario, debe entender y comprender de los tiempos en defensa de la institucionalidad, de la democracia y del respeto al orden constitucional.

Expliquemos. Las decisiones de la Corte Constitucional tienen el mismo valor que la Constitución. Incumplir una decisión de la Corte, acarrea una sanción. No porque sea una cuestión cualquiera, sino porque expresamente aquello lo determina el artículo 436.9 de la Constitución del Ecuador. Entonces, el engendro: Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, desentendió sus atribuciones y deberes. Inobservó e incumplió con el dictamen 2-19-IC de la Corte Constitucional, y luego, a través de fórmulas discursivas y argumentativas, pretendió confundir y engañar a la Corte Constitucional en la valoración de su incumplimiento. Es más. Envió a la Corte información cambiada, mutilada y modificada -según denunciaron consejeros-. Aquello no cabe. No se puede tolerar.

El país requiere de un respeto irrestricto a sus normas. A sus instituciones. Al sentido de su Constitución. Si la Corte Constitucional no actuara con prontitud, fortaleza y personalidad, habilitaría el camino para el caos e irrespeto. Supondría una suerte de amnistía colectiva y amnesia que tanto daño hace. Por eso, la Corte debe ser aleccionadora y no cumplir con una fórmula alí(neada) con intenciones que no son las del Derecho, sino desconocidas para la razón jurídica.

Decidir por la destitución de los funcionarios incumplidores no implica una desmedida intención, al contrario, es lo que establece la Constitución, la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y el Reglamento de Sustanciación de Causas. Se trata de un equilibrio mínimo entre el respeto y el hacer respetar. Caso contrario, se entraría en una suerte de sistemática incertidumbre y desazón organizativo.

Los jueces de la Corte no pueden tener un principio alí(neado) con la desinstitucionalización. Cuando nacieron las cortes o tribunales constitucionales en el mundo, fue para proteger la vigencia constitucional y limitar a los excesos del poder, no hacerlo, sería un error. Implicaría desatender su sentido; más claro, sería un sin sentido. La Corte no puede esperar a que otros le sigan haciendo sus tareas. No puede actuar alí(neada). (O)