El presidente Guillermo Lasso no tendrá el camino fácil para sacar adelante sus proyectos de ley de urgencia y materia económica, tras cesar a la Asamblea Nacional.
El filtro, el único de acuerdo a la Constitución en esos casos extremos, es la Corte Constitucional. Debe decidir si esos proyectos son o no constitucionales.
Por sentido común, todos entienden el significado de lo urgente. Lo de materia económica ya es otra cosa; pero para eso está la Constitución. Esta define con claridad ese ámbito. Se relaciona a: “productividad, ingresos financieros, estabilidad y sostenibilidad del empleo, soberanía alimentaria y energética, intercambio de bienes y consumo social”.
Antes del cese de la Asamblea, casi todos los bloques legislativos estaban de acuerdo con el proyecto de Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar. Se trata, pues, de aliviar la carga tributaria a los ecuatorianos, cuya anterior norma entró en vigencia en circunstancias políticas no bien claras.
De acuerdo al gobierno, la principal beneficiaria será la clase media, un amplísimo segmento de la población en cuyas espaldas suelen cargarse los impuestos.
Como parte del trámite, la CC ha dispuesto la comparecencia de Lasso y de los ministros del ramo. Pidió también la presentación de “amicus curae”. Hasta el momento ha recibido tres. Una de ellas se opone a la propuesta.
Hasta tanto corre el tiempo. Ojalá, como en el fútbol, el árbitro no lo alargue demasiado, ni se trabe en discusiones, peor en el entramado político electoral ya en marcha y con un tufo de revanchismo.
El Consejo de Participación Ciudadana, dominado por dos sectores políticos adversarios de Lasso, quiere asumir el control de fiscalizador y, para el efecto, convoca a integrar “veedurías ciudadanas”, casi siempre conformadas por sus huestes. El desenlace es predecible.
El tiempo y las circunstancias determinarán cuánto pueda hacer (o lo permitan hacer) el presidente en estos seis meses de transición. (O)