
La Asamblea Nacional decidió archivar el proyecto de ley que buscaba regular las expresiones gráficas urbanas y callejeras en Ecuador, presentado en 2018 por el exlegislador Eliseo Azuero.
Según el informe de la Comisión de Gobiernos Autónomos Descentralizados, la normativa era innecesaria y representaba un retroceso en materia de derechos, pues afectaba la libertad de expresión, la participación cultural y la autonomía de los gobiernos locales.
¿Por qué se archivó el proyecto de ley sobre grafiti
El legislador Milton Aguas (ADN) planteó la moción de archivo y explicó que la iniciativa era inconstitucional porque:
- Pretendía criminalizar prácticas culturales legítimas de jóvenes y artistas comunitarios.
- Promovía la estigmatización y exclusión de colectivos populares.
- Establecía un sistema de autorizaciones previas, registros municipales y sanciones penales, considerado como una forma de censura indirecta.
La Comisión también concluyó que el documento adoptaba un enfoque punitivo y centralista, contrario a los principios de progresividad, interculturalidad e inclusión.
Origen del proyecto: el caso del Metro de Quito en 2018
La iniciativa se presentó tras un incidente ocurrido en septiembre de 2018, cuando cerca de 20 personas ingresaron a los talleres del Metro de Quito, en Quitumbe, y grafitearon un vagón.
Durante el hecho, dos guardias fueron agredidos y se reportaron daños materiales.
El proceso judicial concluyó con la condena de uno de los involucrados, Esteban G., de 26 años, quien recibió ocho meses de prisión, además de multas e indemnizaciones al Municipio de Quito.
El arte urbano como expresión legítima
Para la Asamblea y la Comisión de Gobiernos Autónomos, este caso demostró que el marco legal ecuatoriano ya cuenta con herramientas para sancionar actos vandálicos, especialmente cuando implican violencia o daño a bienes públicos.
En lugar de leyes restrictivas, se recomendó construir políticas públicas que reconozcan el valor cultural y social del arte urbano, promoviendo su desarrollo como una forma legítima de participación ciudadana y transformación social.