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La necesidad de una Constituyente     

Por las condiciones que vivimos en gran medida causada por la década de la frustración se experimentan día a día la necesidad de retomar el poder constituyente.
Recordemos que luego del referéndum constitucional de orden civilista que nos da la Constitución en 1978 y de la Asamblea Nacional Constituyente que expide en 1998 la Constitución que nos rigió antes del 20 de octubre de 2008, fecha en la que se publica en el Registro Oficial la Constitución vigente, denominada como la Constitución de Montecristi y, pasados los 17 años de aplicación de sus 444 artículos, 30 Disposiciones transitorias, la Disposición derogatoria y el Régimen de transición con 30 artículos, se puede establecer que su ampulosidad normativa y el desglose reglamentario con un texto farragoso de las garantías de los inculpados penalmente, evidencia la multiplicación criminosa, la impunidad de los casos que contabiliza los delitos cometidos a diario y que requiere del saneamiento institucional y social mediante la eficacia normativa de una Constitución legislada con precisión conceptual que garantice la certeza y el rigor indispensables.
Los textos constitucionales de 1978 y 1998 son un insumo sustantivo para la Constitución que debe elaborarse en la Asamblea Constituyente del año 2025, de así decidirlo la soberanía popular y misma que debe ser una carta orgánica que consagre las tres funciones del estado social de derecho, soberano, unitario, independiente, democrático, pluricultural y multiétnico y de gobierno republicano, presidencial, electivo, representativo, responsable, alternativo, participativo y de administración descentraliza… tal como establece el texto de alta calidad expositiva y de certeras y precisas regulaciones conceptuales que recoge la Constitución de 1998, definiendo las funciones claves y exclusivas del sistema republicano como son la legislativa, ejecutiva y judicial, los derechos humanos y los deberes sociales, la economía social de mercado, la regulación tecnológica, la inteligencia artificial en los procesos necesarios de la investigación científica en el complejo normativo de las instituciones fundamentales, con visión humanista y responsabilidad social y todo en el contexto de la tesis Kelseniana del estado de derecho por la reposición medular de la autonomía ética de la voluntad. (O)

Dr. Hugo Darquea

Dr. Hugo Darquea

Doctor en Jurisprudencia, abogado, escritor. Presidente del Consejo de Regentes de Universidad Católica de Cuenca. Autor de varios libros. Casado con Mercedes Córdova.