El presidente Daniel Noboa emitió el Decreto Ejecutivo N.° 272, mediante el cual se dispone una reducción parcial y focalizada de la tarifa del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) que regirá a partir del 1 de enero de 2026.
La medida no elimina el ISD, cuya tarifa general es del 5%, pero introduce tasas diferenciadas para sectores específicos de la economía.
Sectores
Según el decreto, se establece una tarifa del 0 % de ISD para determinadas subpartidas arancelarias del sector farmacéutico, mientras que para otros sectores productivos se fija una tarifa reducida del 2,5%.
En ambos casos, las subpartidas beneficiarias deberán ser definidas mediante acuerdo ministerial por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior e Inversiones.
El decreto, firmado este martes 30 de diciembre de 2025, también incorpora un límite fiscal a la aplicación del beneficio.
El Ministerio de Economía y Finanzas deberá determinar un techo máximo para el año 2026, con el fin de evitar un impacto negativo en la sostenibilidad de las finanzas públicas.
Informes trimestrales
Asimismo, el Servicio de Rentas Internas (SRI), el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) y el Ministerio de Producción deberán remitir informes trimestrales sobre la ejecución de la medida dentro de un plazo máximo de 15 días posteriores al cierre de cada trimestre, sobre la ejecución y utilización del techo fiscal determinado para 2026.
Esto, a fin de que el Ministerio de Finanzas haga un monitoreo del impacto y verifique el cumplimiento del límite fiscal establecido.
El ISD se mantiene vigente y la aplicación del mencionado beneficio estará sujeta tanto a criterios técnicos como al espacio fiscal disponible durante el ejercicio 2026.
El decreto entrará en vigencia con su publicación en el Registro Oficial. (I)
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