El Bono de Desarrollo Humano (BDH) es una transferencia económica mensual que se entrega e Ecuador a hogares en situación de pobreza y pobreza extrema.
En 2026, el programa mantiene su esquema de pagos y montos, administrado por el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES).
A continuación, la información clave para los beneficiarios.
¿Cuánto se paga por el Bono de Desarrollo Humano?
El BDH tiene un monto base de USD 55 mensuales.
Este valor puede incrementarse según la composición del hogar y el nivel de vulnerabilidad registrado en el Registro Social.
En algunos casos, el pago mensual puede llegar hasta USD 150.
¿Por qué el monto puede ser mayor?
El aumento corresponde al Bono de Desarrollo Humano Variable, que considera:
- Hasta tres niños menores de cinco años
- Hasta tres hijos entre cinco y 18 años
Este ajuste busca cubrir necesidades básicas relacionadas con alimentación, salud y educación.
Requisitos para recibir el Bono de Desarrollo Humano
Para acceder al BDH se debe cumplir con los siguientes criterios:
- Estar inscrito en el Registro Social
- Pertenecer a un hogar en pobreza o pobreza extrema
- No ser afiliado activo al IESS
- No recibir otros bonos estatales incompatibles
La asignación es automática. No existe proceso de postulación.
¿Quién administra el Bono de Desarrollo Humano?
El MIES es la entidad responsable de:
- Identificar a los beneficiarios
- Actualizar la información social
- Coordinar el pago del bono a nivel nacional
Cómo consultar si soy beneficiario
La consulta se realiza en línea:
- Ingresar a www.inclusion.gob.ec
- Seleccionar la opción consulta de bonos
- Digitar el número de cédula
El sistema informa si la persona es beneficiaria y el punto de pago asignado.
Fechas de pago del Bono de Desarrollo Humano en enero de 2026
El cobro se realiza según el último dígito de la cédula:
- 0: 10, 20 y 30 de enero
- 1: 1, 11, 21 y 31 de enero
- 2: 12 y 22 de enero
- 3: 3, 13 y 23 de enero
- 4: 4, 14 y 24 de enero
- 5: 5 y 15 de enero
- 6: 6, 16 y 26 de enero
- 7: 7, 17 y 27 de enero
- 8: 8, 18 y 28 de enero
- 9: 9, 19 y 29 de enero
Los beneficiarios deben acudir únicamente en la fecha correspondiente, con su cédula de identidad original, a los puntos de pago autorizados.







