En el país rige un nuevo Reglamento del Sistema Nacional de Rehabilitación Social, el cual establece, aclara o refuerza las reglas que deben cumplirse en las cárceles del país, que tienen como objetivo la rehabilitación de los detenidos, su reinserción social, su protección y la garantía de sus derechos.
Para lograr estos objetivos, el Gobierno propone, entre otras cosas, la reclasificación de las personas privadas de la libertad; la construcción y readecuación de las cárceles; y, el cumplimiento de normas relacionadas con el economato y con la inhibición de la señal de celular, entre otras.
Clasificación de las cárceles
La forma de clasificación de las cárceles que tradicionalmente se ha manejado, en la que se entregaba la prisión a una banda delincuencial, busca ser cambiada con la aplicación del nuevo reglamento, en él se establece que la división debe ser de acuerdo con el tipo de personas que alberga.
Los centros de privación de libertad, a nivel nacional, se clasifican según su nivel de seguridad en: máxima; media; y, mínima; las personas serán ubicadas en la cárcel que le corresponda, de acuerdo con su nivel de riesgo.
Evitar la mezcla de reos
Según las nuevas reglas, dentro de las cárceles deben existir divisiones internas, para evitar que los detenidos de distintos niveles de peligrosidad o situación jurídica se mezclen.
De esta forma, se exige que se los clasifique considerando su condición jurídica: medida cautelar de prisión preventiva, apremio personal o sentencia condenatoria.
La división también debe considerar sus antecedentes penales y de conducta penitenciaria; los motivos de la detención; y el nivel de riesgo.
Además, se debe tomar en cuenta el tipo de infracción cometida para dividirlos: contravención o delito común; o, contravención o delito de tránsito; también deben estar en un lugar diferenciado los detenidos por no pagar la pensión alimenticia.
Adicionalmente, deben existir sitios separados en los que se alojen quienes tienen una vulnerabilidad, es decir, personas con discapacidad; enfermedades raras, crónicas o catastróficas; VIH en fase de sida; o una enfermedad terminal o avanzada, que requieren cuidados permanentes.
Se debe también adecuar un espacio para las mujeres embarazadas y con hijos menores de 36 meses, que viven con ellas.
Separar a los violentos
El Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad (SNAI) podrá separar a las personas privadas de libertad que manifiesten comportamientos violentos; que puedan ejercer influencia nociva sobre el resto de los detenidos o del personal penitenciario.
También deben ser separados quienes pongan en peligro la seguridad o integridad de las demás personas privadas de libertad, del personal penitenciario o del centro de privación de libertad en general.
Para Mario Carrillo, exdirector de la cárcel de Cotopaxi, estas reglas no tienen ningún elemento nuevo, sino que, son exigencias en las él, por ejemplo, insistió durante su gestión, sin éxito, pues la corrupción que existe en las cárceles impide su aplicación.
Itania Villareal, exdirectora de Rehabilitación Social, señaló que, para cumplir con la clasificación propuesta será necesaria la construcción de nuevas cárceles, pues solo solo La Roca, El Encuentro, Cotopaxi, Turi y la Regional de Guayaquil tienen la infraestructura que se requiere para establecer pabellones diferenciados.
“La nueva cárcel de 15 mil personas que se va a construir debe ser destinada a los de mediana seguridad, que es donde existe el hacinamiento; así se puede cumplir la clasificación necesaria, pues, actualmente es solo de nombre, cuando ocurren los motines vemos que los de máxima se pasan a mínima para victimar, con total libertad”, recalcó la experta.
Nada de alias, ni grafitis
Entre el nuevo reglamento se establece una serie de normas de higiene, convivencia y disciplina, que deben cumplir los detenidos, entre estas, deben llamarse por sus nombres (nada de apodos o alias), cuidar del aseo personal y de la cárcel y les queda prohibido pintar grafitis.
“Estas son normas de disciplina que no solo deben cumplir las personas privadas de libertad, incluso los guías penitenciarios los llaman por sus alias; en la cárcel del Inca los pabellones tienen nombres de barrios de Quito, que los bautizan los reos, todo esto se ha permitido y se debe terminar”, relató Itania Villareal.
Durante su gestión al frente de la cárcel de Cotopaxi, Mario Carrillo, un coronel retirado, consideró indispensable que a los reos se les obliguen a cumplir las reglas de disciplina en las cárceles, sin embargo, acepta que no es fácil, pues arman protestas y al inicio incluso se declaraban en huelga de hambre.
- 30 % de las personas privadas de libertad en el centro de privación de libertad podrán ser contratadas por el proveedor del economato, que es una tienda que funciona dentro de las cárceles.
- 3 comidas diarias se compromete a entregar el Estado a los privados de la libertad, así como acceso suficiente a hidratación; se deben elaborar dietas especiales a quien cuente con prescripción médica.
- El SNAI tiene la obligación de adoptar, de manera obligatoria, las medidas tecnológicas para impedir el acceso a señales, redes o servicios de comunicación, incluida el bloqueo o inhibición de señal.












