Ecuador tendrá un feriado nacional por la conmemoración de la Batalla de Pichincha.
La medida regirá el sábado 23, domingo 24 y lunes 25 de mayo de 2026, según el Decreto Ejecutivo 391 firmado por el presidente Daniel Noboa este viernes 22 de mayo.
Durante ese periodo, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) se reducirá temporalmente del 15 % al 8 % para actividades vinculadas al sector turístico.
Control
El decreto establece que el Servicio de Rentas Internas (SRI) deberá aplicar y supervisar el cumplimiento de la reducción tributaria.
El beneficio alcanzará a las actividades contempladas en el artículo 5 de la Ley de Turismo, entre ellas:
Servicios de alojamiento
Alimentos y bebidas
Transporte turístico
Operación de viajes
Agencias de turismo
Organización de eventos y congresos.
La disposición incluye hoteles, hostales, restaurantes y servicios de alimentación. También se aplicará a actividades como excursiones, paquetes turísticos, guianza, alquiler de vehículos con fines turísticos y servicios de traslado organizados.
¿El feriado es recuperable?
La jornada de descanso por la Batalla de Pichincha regirá en todo el país y tendrá carácter obligatorio.
La Ley Orgánica del Servicio Público y el Código del Trabajo determinan que los días no deberán compensarse posteriormente por parte de los trabajadores.
Además, la legislación laboral señala que quienes desempeñen actividades durante el feriado deberán recibir el pago correspondiente a horas extraordinarias, con un recargo equivalente al 100 % sobre la tarifa habitual. (I)
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