La Unión Nacional de Educadores (UNE) pidió la derogatoria del acuerdo ministerial que obliga a los docentes a realizar actividades los sábados.
El acuerdo emitido por el Ministerio de Educación, el 27 de mayo de 2026, establece los lineamientos para el desarrollo de actividades complementarias institucionales dentro del cronograma escolar.
En su artículo 1 se dispone que dichas actividades podrán realizarse los sábados y forma parte del proceso educativo de las instituciones fiscales de los regímenes Costa-Galápagos y Sierra-Amazonía a partir del año lectivo 2026-2027.
Frente a esta disposición, los representantes de la UNE emitieron un comunicado en el que, entre otras cosas, recordaron que el artículo 192 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI) establece que “la jornada ordinaria semanal de trabajo del personal docente es de 40 horas, distribuidas de lunes a viernes, sin exceder las ocho horas diarias. Cualquier trabajo adicional debe ser remunerado mediante el pago de horas extraordinarias o suplementarias conforme a la ley”.
En este contexto, señalaron que no existe norma jurídica que permita compensar el trabajo realizado los sábados mediante “días recompensables”, como establece el artículo 5 del nuevo acuerdo.
La UNE denunció que la norma vulnera derechos laborales y desconoce principios fundamentales de seguridad jurídica.
Denuncias de vulneración de derechos
Aprovecharon para denunciar que, “durante años, distintos gobiernos han impulsado políticas que recargan progresivamente las funciones docentes sin garantizar mejores condiciones laborales ni educativas”, entre otras novedades.
Además, se mostraron preocupados que se pretenda incrementar las responsabilidades del personal docente y administrativo en un contexto marcado por sobrecarga laboral, inseguridad, afectaciones a la salud mental, salarios congelados por 14 años e inestabilidad laboral.
La posibilidad de trabajar los sábados y la supuesta compensación de esa jornada constituyen mecanismos que buscan normalizar la ampliación de la jornada laboral, vulnerando los artículos 33, 325 y 326 de la Constitución de la República, que garantizan el derecho al trabajo digno y la irrenunciabilidad de los derechos laborales.
Finalmente, se declararon en asamblea permanente y convocaron al magisterio nacional a participar en las acciones jurídicas y de movilización que emprenderemos en defensa de nuestros derechos y de la educación pública. (I)
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