En Cuenca, habitantes de la parroquia Victoria del Portete capturaron a dos presuntos cuatreros. Los sospechosos fueron sorprendidos transportando a dos vacas en una camioneta de transporte mixto.
El hecho sucedió la noche del pasado jueves, a las 23:00, sobre la vía Cuenca-Girón-Pasaje.
Una multitud de moradores expresó su malestar contra el delito de abigeato e intentó hacer justicia por mano propia. Los sospechosos fueron castigados. Luego, intervino la Policía Nacional y retiró a los supuestos cuatreros para llevarlos a una audiencia de formulación de formulación de cargos.
Abigeato o robo de animales es uno de los delitos que afecta a moradores de diferentes comunidades de la provincia del Azuay.
Los vecinos durante la captura señalaron que están cansados de los robos de ganado y querían actuar por cuenta de ellos en busca de justicia; señalaron que en varias ocasiones los señalados como supuestos delincuentes y puestos a órdenes de la autoridad competente a las pocas horas quedan en libertad.
Los habitantes señalan que el robo de animales los perjudica en gran medida. Para criar a los animales se requiere de prolongado tiempo e inversión, explican.
Quienes acudieron a verificar la captura de los presuntos cuatreros, captaron videos de los momentos de reclamos y castigos propinados a los acusados. Luego, estos videos fueron difundidos en redes sociales. Allí uno de los acusados como forma de intentar justificar la tenencia de las cabezas de ganado menciona que él las compró a otra persona. La multitud no creyó esas circunstancias. La Policía Nacional inició las averiguaciones del presunto robo bajo la modalidad de abigeato.
Sanción por delito de abigeato
El artículo 199 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece el delito de abigeato. La persona que se apodere de una o más cabezas de ganado caballar, vacuno, porcino, lanar, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.
Igual pena se impondrá a la persona que, con ánimo de apropiarse, inserte, altere, suprima o falsifique fierros, marcas, señales u otros instrumentos o dispositivos utilizados para la identificación de las cabezas de ganado.
Si la infracción se comete con fuerza, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años. Si es cometida con violencia será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años. (I)