Juan Andrés V., alias ‘Mangajo’ recibe la séptima sentencia

Un Tribunal de la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Azuay aceptó el recurso de apelación interpuesto por Fiscalía y sentenció a Juan Andrés V., alias “Mangajo”, a 29 años y cuatro meses de privación de libertad por la violación a una adolescente. Además, debe cancelar un monto económico como reparación integral a la víctima.

Así lo detalla un comunicado de prensa emitido por la Fiscalía este viernes, 17 de junio de 2022, y agrega que esta es la séptima condena contra alias “Mangajo”, quien ya tiene seis sentencias por violación y delitos de pornografía.

Durante el desarrollo de la audiencia de apelación, culminada el miércoles 15 de junio, el fiscal Paúl Serrano expuso ante los jueces que existió una errónea valoración de la prueba por parte del Tribunal Penal, que ratificó el estado de inocencia de Juan Andrés V., por lo que solicitó que se declare su culpabilidad.

La investigación

Mediante el uso de redes sociales, Juan Andrés V. contactó a la víctima de 15 años, en septiembre de 2014. Durante un mes la visitó en su colegio, hasta que en una ocasión la llevó hasta el domicilio de él, en Puertas del Sol, donde la invitó a comer y le ofreció una bebida alcohólica.

La adolescente perdió el conocimiento y cuando despertó, supo que alias “Mangajo” la había agredido sexualmente.

“Desde ese entonces hasta junio de 2018 –cuando fue capturado– Juan Andrés V. obligó a la adolescente a tener relaciones sexuales, ejerciendo sobre ella una relación de poder basada en amenazas, manipulación, control de decisiones y agresiones físicas, psicológicas y sexuales”.

Fiscalía demostró la responsabilidad de Juan Andrés V. con el testimonio anticipado de la víctima, los testimonios del agente investigador de la Dinapen, de los peritos que efectuaron el reconocimiento del lugar de los hechos y los informes de las pericias médico-legal, psicológica y de entorno social.

También fueron expuestos los testimonios del experto que practicó la pericia de perfilación criminal, así como de un exfuncionario de la Agencia de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa), quien practicó un examen toxicológico con el que se demostró que las pastillas y una bebida –incautadas en el domicilio del sentenciado– contenían escopolamina y metadona. (I)

  • El delito de violación está tipificado y sancionado en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con privación de libertad de diecinueve a veintidós años. La pena se incrementó por las circunstancias agravantes de la infracción.

Andrés Mazza

Periodista y fotógrafo. Escribe sobre cultura, educación, migración y astronomía.

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