La Asamblea Nacional aprobó un paquete de reformas al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD). Este proyecto unifica 14 iniciativas parlamentarias y contempla más de 45 modificaciones normativas. Busca reconfigurar las dinámicas de poder, la rendición de cuentas, la transparencia administrativa y la continuidad de la gestión pública en los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD).
Según los legisladores, la iniciativa responde a la necesidad de actualizar un marco jurídico que, en los últimos años, evidenció profundos vacíos institucionales frente a crisis políticas locales, licencias indefinidas, ausencias por procesos judiciales, paralizaciones injustificadas de obras y fallas en los mecanismos de fiscalización.
Ausencia de autoridades
Uno de los ejes de la reforma aborda la continuidad de la gestión y la presencia territorial de las autoridades locales. La nueva disposición establece la remoción o pérdida automática del cargo para prefectos, alcaldes y presidentes de juntas parroquiales que acumulen una ausencia presencial continua superior a 90 días.
Un elemento determinante del articulado es que el cómputo de este plazo también contempla las asistencias a sesiones o las gestiones realizadas mediante modalidades virtuales. Con esta decisión, el Legislativo busca poner fin a la práctica de ejercer mandatos ejecutivos a distancia de forma indefinida y garantizar que las autoridades mantengan una presencia física y operativa en sus respectivas comunidades.
Sin embargo, el Pleno introdujo una excepción jurídica: la causal de remoción no se aplicará cuando la ausencia presencial responda a medidas de protección dictadas por una autoridad judicial competente ante un peligro inminente contra la vida o la integridad física.
Por el principio de irretroactividad, las nuevas causales y el cómputo de días no afectarán a situaciones anteriores a la entrada en vigencia de la norma.
Continuidad
Con el objetivo de evitar los desfases presupuestarios y el abandono de proyectos por disputas políticas entre administraciones salientes y entrantes, la reforma tipifica como causal directa de destitución la suspensión o paralización injustificada de obras públicas heredadas.
Los alcaldes y prefectos estarán obligados a garantizar la continuidad técnica, financiera y legal de los proyectos pendientes, salvo que exista un dictamen técnico que justifique su liquidación.
Fiscalización
El rol de los concejales y consejeros provinciales experimenta un cambio hacia mayores exigencias operativas. La reforma amplía sus facultades de fiscalización sobre las empresas públicas municipales y las fundaciones dependientes de los GAD.
Asimismo, se establece una jornada presencial obligatoria de 40 horas semanales para evitar la asistencia esporádica, limitada únicamente a los días de sesión. También se faculta a los ediles para exigir información documental a cualquier departamento, con plazos obligatorios de respuesta.
El proyecto también prioriza la reactivación económica al establecer que al menos el 80 % de la mano de obra y los servicios contratados para obras seccionales pertenezcan a la localidad. El documento fue remitido al Ejecutivo para su correspondiente sanción o veto dentro del plazo constitucional.
Normativa en medio de alcaldes detenidos
La iniciativa parlamentaria busca cerrar vacíos legales que permitían a las autoridades locales gobernar a distancia o dejar en incertidumbre la administración de municipios enteros, en un contexto marcado por investigaciones judiciales que involucran a varios alcaldes en funciones en el país.
Esta reforma legislativa cobra especial relevancia tras la detención y el procesamiento penal de autoridades seccionales en investigaciones por presuntos delitos de lavado de activos, peculado y delincuencia organizada.
Casos como los de Aquiles Alvarez, en Guayaquil; Vicko Villacís, en Esmeraldas; y Darío Macas, en Machala, así como los procesos contra burgomaestres como Alfonso Montalván, en Vinces, y René Castillo, en El Tambo, expusieron la paradoja institucional de autoridades que intentan despachar o asistir a sesiones de concejo desde el encierro o la clandestinidad.
Frente a esta realidad, uno de los puntos centrales de la reforma establece la remoción automática del cargo. Sin embargo, la normativa no tiene carácter retroactivo y todavía se esperan resoluciones en los casos mencionados.












