El Proyecto de Ley Orgánica para el Control de Flujos Irregulares de Capitales se presenta como una herramienta para combatir el lavado de activos, la corrupción y el financiamiento de actividades ilícitas. Sin embargo, su alcance sobre las organizaciones de la sociedad civil implica riesgos que podrían transformar esta Ley en una herramienta de control político y limitación de derechos fundamentales.
Aunque la ley declara que no podrá usarse para persecución política, otorga a la SEPS facultades de control y sanción, incluyendo la suspensión y revocatoria de personerías jurídicas. Lo cual podría convertirse en un instrumento para auditar a organizaciones que cuestionen políticas gubernamentales.
El derecho a la libertad de pensamiento no se limita al ámbito individual; también implica la posibilidad de organizarse colectivamente, debatir ideas y participar en el espacio público sin temor a represalias. Bajo esta ley, el miedo a inspecciones arbitrarias, congelamiento de fondos o pérdida de personería jurídica podría llevar a muchas organizaciones a autocensurarse o evitar posiciones críticas frente al Estado. Esto afectaría directamente el derecho a la libertad política, pilar fundamental de una democracia plural. Para que no se convierta en una herramienta de control ideológico requiere un reglamento claro que limite la discrecionalidad. (O)