El día 17 del presente mes, el juez electoral Patricio Maldonado, magistrado del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) emitió una resolución mediante la cual se rebaja la pena a los exconsejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCC), Augusto Verduga y Eduardo Franco Loor, de cuatro años de pérdida de sus derechos políticos a solamente un año. De esta manera, los mencionados ciudadanos se encuentran incursos en la sanción desde febrero de este año hasta febrero del próximo año y, a partir de esa fecha, ya podrán participar como candidatos a cualquier dignidad de elección popular. El Consejo Nacional Electoral sancionó anteriormente a Verduga y Franco por haber infringido la norma expresa sobre la prohibición de realizar proselitismo político durante sus candidaturas para el CPCCC. En dicho proceso se demostró su vinculación fehaciente con el correísmo y vino la sanción.
En su razonamiento, el juez Maldonado se basa en el principio jurídico de “favorabilidad”, es decir, el pronunciarse por la alternativa más favorable a la situación de los acusados, pasando por alto, a nuestro criterio, el que se trataba de una gravísima infracción electoral, al permitir que un partido político, a través de sus líderes visibles, y sin sombra de escrúpulos, intervenga ilegalmente en la campaña a favor de los nombrados. La intervención, a no dudarlo, pretendía inclinar la voluntad del electorado en un determinado sentido, circunstancia diametralmente opuesta al criterio del legislador de mantener un sano equilibrio e igualdad de oportunidades entre los contendientes para ocupar tan altas funciones. Si los consejeros del CPCCC serían quienes debían conducir los procesos para designar al contralor, al fiscal general, a las autoridades electorales, a los superintendentes, etc, es decir, a todo el andamiaje de los organismos de control del Estado, pues, a lo menos que se podía aspirar es a que los ciudadanos electos sean un ejemplo de actitudes éticas y, entre ellas, sobre todo, un incondicional respeto a la ley. Los hoy “ungidos” con la “benevolente” decisión del juez Maldonado constituyen un ejemplo de lo contrario. (O)








