Sector cooperativo anuncia demanda de inconstitucionalidad contra Ley de Integridad Pública

La Ley de Integridad Pública, aprobada por la Asamblea Nacional, entró en vigencia el 26 de junio de 2025 tras su publicación en el Registro Oficial.

Juan Pablo Guerra, gerente general de la Unión de Cooperativas de Ahorro y Crédito del Sur (UCACSUR), informó que el sector cooperativo ecuatoriano prepara una demanda de inconstitucionalidad sobre la Disposición Transitoria Décimo Primera de la Ley de Integridad Pública, que ya está vigente.

La Ley de Integridad Pública fue aprobada por la Asamblea Nacional el 24 de junio de 2025. La norma entró en vigencia el 26 de junio, tras su publicación en el Registro Oficial

Esta disposición señala que se identificará a las cooperativas de ahorro y crédito que deberán transformarse en sociedades anónimas del sector financiero privado, bajo la supervisión de la Superintendencia de Bancos.

Esto una vez que se conforme la nueva Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera y se emitan las regulaciones correspondientes. El plazo es de 90 días contados a partir de la conformación de sus miembros.

Guerra advirtió que esta medida vulnera la naturaleza misma del cooperativismo. La cual se basa en la democracia, la ayuda mutua y el control colectivo, y no en la maximización del lucro como ocurre en las sociedades de capital.

“No se puede permitir que una normativa cambie la visión social que miles de ecuatorianos han decidido construir voluntariamente en sus comunidades», enfatizó.

«Aquí no se trata solo de cooperativas grandes o pequeñas, sino de defender la identidad de un sector que representa el 30 % del PIB del país y que ha sido clave para la inclusión financiera en zonas donde no llega la banca pública ni privada”.

Por su parte, Edgar Peñaherrera, presidente de la Asociación de Organismos de Integración del Sistema Financiero Popular y Solidario (Asofipse), sostuvo que esta disposición transitoria viola el derecho a la autodeterminación de millones de socios que eligieron el modelo cooperativo para atender sus necesidades financieras.

Además, recalcó que contradice el Código Orgánico Monetario y Financiero, cuyo artículo 175 prohíbe expresamente convertir entidades entre sectores distintos sin una reforma legal. (I)

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Patricia Naula Herembás

Licenciada en Comunicación Social con experiencia en medios tradicionales y digitales. Hace coberturas y en redacción de temáticas de emprendimiento, empresarial, sociedad e interculturalidad.

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