Los cambios que necesitaba la Ley de Tránsito y no se hicieron

Con 87 votos a favor, 50 en contra y 2 abstenciones, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó este 3 de septiembre del 2026 la reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, en la que se incluyeron regulaciones acordes con los cambios que en los últimos años se han producido en esta materia, pero, según los expertos, se dejaron de lado aspectos necesarios para reducir la accidentalidad.

Según datos de la Policía Nacional, en 2025 se produjeron 20.300 accidentes de tránsito en el país, en los cuales fallecieron 2.500 personas; en lo que va del 2026, se han registrado 10.752 siniestros, con 1.226 fallecidos y 9.220 lesionados. Atender a estas personas le implica al Estado un gasto de 5.500 millones de dólares al año.

Se quedó fuera la velocidad

Tomando en cuenta que, de las personas que fallecen en un siniestro de tránsito, 4 de cada 10 se accidenten por el exceso de velocidad, a Mario Muñoz, de la coalición Movilidad Segura del Ecuador, le resulta inaudito que en la reforma de la Ley de Tránsito no se hayan hecho cambios en este aspecto.

“La aprobación de la Ley deja un sabor agridulce, porque se está quedando fuera un aspecto importante, que es incorporar los límites de velocidad segura; actualmente tenemos este problema de los famosos rangos moderados, que desencadenan en que los límites sean superados”, afirmó el experto.

Sofía Gordón, experta en temas de movilidad, coincide en que en la Asamblea se perdió una gran oportunidad de legislar, de forma clara, sobre los límites de seguridad, los cuales se deben regular para evitar, por ejemplo, que un accidente sea letal.

“En el momento en que logramos bajar la velocidad, conseguimos que un siniestro no sea mortal, si se comete una equivocación y se atropella a una persona, a 50 kilómetros por hora (k/h), esa persona queda herida, pero a 80 km le mata”, puntualizó la analista.

Sin embargo, los expertos resaltaron la importancia del retorno del control de la velocidad mediante aparatos electrónicos (radares), los cuales no podrán ser usados solo con un fin racaudatorio, pues las empresas que los instalan ya no participarán de las ganancias.

El control del consumo de alcohol

Según Gordón, el tema del consumo de alcohol mientras se conduce merecía ser tratado con mayor amplitud; incluso, no se le dio un artículo específico, sino que se le incluyó en el acápite del comportamiento de los usuarios.

Para Mario Ruiz, se debió plantear un límite de alcohol en sangre para conductores novatos y conductores jóvenes, con el afán de educar a la ciudadanía en edades en las que se es protagonista del mayor número de accidentes de tránsito.

El problema de las motos

Actualmente, según los datos de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), en el país existen más de dos millones de motocicletas y sus conductores han estado involucrados en el 23 % de los accidentes de tránsito a nivel nacional, mientras que son parte del 33 % de los fallecidos.

Con base a estas cifras, varios de los 78 artículos que se le reformaron a la Ley de Tránsito se centraron en este tipo de vehículo; para empezar, se ratificó la obligatoriedad de las casas comerciales de vender, junto con la moto, un casco homologado.

Adicionalmente, se legisló específicamente para los conductores de motos que realizan el trabajo de delíveres, quienes deberán inscribirse en un Registro Nacional, no podrán llevar pasajeros y tendrán que contar con licencia (homologarla si son extranjeros) y matrícula.

En caso de que manejen motocicletas eléctricas, esto ya no los eximirá de contar los papeles en regla y de la exigencia de portar un casco homologado.

El retiro de la competencia a los GAD

Los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GADs) que no cumplan adecuadamente con la competencia de Tránsito o que se le descubra algún tipo de vinculación con el crimen organizado, se la será suspendida, según manifestó Valentina Centeno (ADN), de forma temporal.

Según la legisladora, en los últimos años se ha descubierto que existen municipios que están «coludidos con el crimen organizado», lo cual es evidente, por ejemplo, en el número de vehículos matriculados que, pueden llegar a triplicar la capacidad de la agencia de tránsito.

La reforma determinó que las competencias de Tránsito de los municipios, si bien no pueden ser retiradas definitivamente, porque están incluidas en la Constitución, sí pueden ser suspendidas de forma temporal y ser trasladadas a la Agencia Nacional de Tránsito (ANT).

Sin embargo, para los legisladores de la bancada de la Revolución Ciudadana, quienes se negaron a dar sus votos para aprobar la ley, resulta absurdo que se pretenda que la ANT, cuyos escándalos de corrupción son recientes, se encargue de más competencias, cuando las actuales le sobrepasan.

A Paola Carvajal, de la Coalición por la Movilidad Segura, le resultó innecesario que, dejando de lado temas realmente importantes para reducir la siniestralidad, el oficialismo se haya enfocado en darle fuerza a la ANT, centralizando las competencias, que es algo que por años se intentó combatir.

“Cuidado que al centralizar más se vuelva todo más burocrático, porque la ANT ha demostrado que no tiene capacidad para atender sus actuales responsabilidades, un ejemplo es la entrega de las licencias de conducir; cómo se hará cargo de las 90 responsabilidades que tienen los municipios, porque no es solo la matriculación, como se cree”, recalcó la experta.

Andrea Salazar

Andrea Salazar

Periodista multimedia especializada en temas políticos, judiciales, económicos y de migración con enfoque nacional.