La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Azuay ratificó la sentencia de 26 años de prisión contra Ángel Bolívar R., por el femicidio de su hijastra.
La sala tomó esta decisión el miércoles 9 de septiembre, en segunda instancia, luego de analizar la apelación presentada por la defensa del sentenciado.
El juez ponente señaló que la Fiscalía de Azuay demostró, mediante las pruebas presentadas durante el juicio, la participación de Ángel Bolívar R. en el femicidio ocurrido en el cantón Sígsig, en Azuay.
El hecho ocurrió la madrugada del 19 de febrero de 2025, en Cashapugro, en Sígsig. El sentenciado llevó a la víctima, de 20 años, al exterior de la vivienda familiar, donde la golpeó y estranguló.
Al día siguiente, una vecina alertó a la Policía Nacional luego de localizar el cuerpo a 240 metros de la vivienda. La joven presentaba hematomas en varias partes del cuerpo, incluido el cuello.
Durante el juicio, la Fiscalía de Azuay presentó testimonios que evidenciaron actos de control, celos y violencia ejercidos por el sentenciado contra la joven, relacionados con su condición de mujer.
La madre de la víctima también declaró que su hija le contó que había sufrido agresiones sexuales de su padrastro. Una prueba de paternidad confirmó que él era el padre de su hijo.
Además, un perito determinó que las uñas y prendas de la víctima contenían un haplotipo del cromosoma Y correspondiente a la línea paterna de Ángel Bolívar R.
Los agentes que participaron en la aprehensión y una vecina también rindieron testimonio. Ambos señalaron que el sentenciado presentaba rasguños en la nariz cuando encontraron el cadáver.
La defensa apeló la sentencia emitida por el Tribunal Penal, pero la sala rechazó el recurso y confirmó íntegramente la condena de 26 años de privación de libertad.
El artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona el femicidio con una pena de 22 a 26 años de prisión. El artículo 142 establece circunstancias agravantes.
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