
Este 8 de octubre del 2025, el Consejo Nacional Electoral (CNE) eligió a los 291.080 Miembros de las Juntas Receptoras del Voto (JRV), 287.735 en el territorio nacional y 3.345 para el exterior.
La selección se hizo a través de un sorteo, en el que se dio prioridad a estudiantes universitarios, empleados públicos y privados con título profesional, trabajadores bachilleres y estudiantes de bachillerato mayores de 18 años.
¿Cómo saber si es miembro de JRV?
Desde el 9 de octubre al 1 de noviembre de 2025 serán notificadas las personas que fueron seleccionadas para integrar una JRV.
La notificación puede ser de forma personal (domicilio o sitio de trabajo) o a través de medios electrónicos.
Además, desde el 9 de octubre de 2025, en la página web del CNE, se puede consultar si la persona integra una JRV.
¿Qué función cumplen los miembros de las JRV?
Quienes integran las JRV gestionan las elecciones, es decir, se encargan de recibir los sufragios (votos) y efectuar los escrutinios (conteo de votos).
Para conocer los pasos que deben seguir para cumplir con su función, los miembros de las JRV deben capacitarse.
Del 9 de octubre al 16 de noviembre de 2025 se desarrollarán las capacitaciones, que serán presenciales.
Junto con la notificación de ser miembro de la JRV se recibirá un código QR con los puntos de capacitación.
Los talleres primero serán en las 24 delegaciones provinciales del CNE y luego se extenderán a los cantones.
¿Cuál es la sanción si no se integra la JRV?
- Quien no concurriera a integrar las JRV será multado con el equivalente al 15% de un salario básico unificado (70,50 dólares).
- En caso de no asistir a las capacitaciones, se impondrá una multa equivalente al 10% de un salario básico unificado (47 dólares).
- Los miembros de las JRV que abandonen sin justificación su actividad incurrirán en una infracción electoral grave, sancionada con una multa de 11 a 20 salarios básicos (5.170 a 9.400 dólares).
¿Los miembros de las JRV reciben pago?
- Se considera el valor de 20 dólares como incentivo económico.
- El pago se realizará con la modalidad de pago en sitio y mediante convenios con instituciones del sistema financiero del país.
¿Quién no puede integrar una JRV?
- Si la persona integró una JRV en los tres últimos procesos electorales, no puede ser considerada para una cuarta ocasión.
- Los dignatarios de elección popular en ejercicio de sus funciones.
- Los militares y policías en servicio activo.
- Los ciudadanos que laboran en calidad de conserjes en los establecimientos educativos seleccionados como recintos electorales.
- Los servidores de la Función Electoral, excepto cuando así lo disponga la máxima autoridad.