El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) de los Estados Unidos (EEUU) oficializó el 16 de julio de 2026 una norma definitiva que establece un periodo fijo de admisión para las visas de estudiantes (F), visitantes de intercambio (J) y periodistas (I).
Con esta reforma, la mayoría de los estudiantes y periodistas ahora tendrán fechas de vencimiento específicas en sus permisos de estancia, obligándolos a solicitar extensiones formales ante el servicio de migración.
Para analizar las implicaciones legales de este cambio que entra en vigor el 15 de septiembre, El Mercurio conversó con el abogado de inmigración Héctor Benítez, presidente de la firma Benna Legal PA.
¿Qué significarán los cambios que se aplicarán a partir del 15 de septiembre para las visas de estudiantes y periodistas?
Tradicionalmente, las visas de estudiantes y periodistas han funcionado bajo la figura de «duración de estatus», lo que significaba que no tenían una fecha de finalización específica mientras la persona se mantuviera estudiando o cumpliendo su labor informativa. Con la nueva regla, se establece un límite máximo de 4 años para cubrir estudios de grado o doctorado. Si el programa requiere más tiempo, el interesado deberá solicitar una extensión ante el servicio de migración o salir de los Estados Unidos para gestionar una nueva visa de forma consular.
¿Este cambio afecta a las personas que ya se encuentran estudiando en Estados Unidos?
Teóricamente, esta normativa no aplica para quienes ya tienen el visado bajo la figura de «duración de estatus». Estas personas pueden continuar sus programas con normalidad. Sin embargo, la limitación sí operará para cualquier persona que necesite solicitar un nuevo estatus o una visa a partir de la fecha de implementación en septiembre.
¿Qué recomendaciones se deben seguir al solicitar la visa bajo estas nuevas reglas?
Lo más importante es sustentar la intencionalidad no inmigrante. Para ello, el solicitante debe demostrar dos puntos clave:
- Suficiencia económica: Contar con evidencia de recursos propios o de un patrocinador (sponsor) de buena fe para cubrir el costo del programa y la manutención.
- Vínculos con el país de origen: Mantener lazos familiares, económicos o profesionales que prueben que el estudiante regresará a su país una vez terminada la formación académica.
¿Existe alguna obligación legal de regresar al país de origen al terminar los estudios?
En el caso de las visas J1 (que también forman parte de esta regla), muchos beneficiarios están sujetos a una restricción que les obliga a volver a su país por dos años antes de solicitar una residencia. No obstante, existen excepciones y figuras como el waiver (exención) que permiten omitir este paso si se justifica un peligro en el país de origen o se cuenta con una carta de «no objeción» de su embajada.
Para los periodistas, ¿cuál es el nuevo límite de estancia?
El periodo de estancia para profesionales de la comunicación se ha fijado en 240 días. Si un periodista requiere más tiempo en territorio estadounidense, deberá presentar un cronograma detallado de actividades y funciones que justifique por qué es necesaria su presencia como corresponsal extranjero por un periodo mayor.
Si un estudiante tiene planes de invertir o trabajar, ¿qué otras opciones legales existen?
Es vital no autolimitarse a la visa de estudiante si los planes incluyen actividades económicas. Existen alternativas estratégicas como:
- Visa E2 de inversión: Permite trabajar en una inversión propia y también estudiar sin las restricciones de la visa F1.
- Visa L1: Dirigida a gerentes o ejecutivos transferidos por su empresa. Esta visa permite una vía directa hacia la residencia permanente después de un año en el país.
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