Desde Cuenca surge una propuesta para reglamentar las nuevas reformas a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, aprobadas por la Asamblea Nacional el 3 de septiembre. La iniciativa busca establecer las reglas para el uso de motocicletas eléctricas y otros vehículos de micromovilidad, como los scooters.
Entre las disposiciones de la reforma consta que estos vehículos deberán ser clasificados de acuerdo con criterios como velocidad, peso, potencia, tamaño y capacidad de desplazamiento. Además, la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) establecerá parámetros relacionados con los límites de velocidad, las condiciones de circulación y el equipamiento mínimo de seguridad que deberán utilizar sus conductores, entre ellos, el casco homologado.
Estos vehículos podrán circular por las vías, espacios o infraestructuras que sean habilitados de acuerdo con la normativa nacional y las ordenanzas emitidas por los gobiernos municipales. Su circulación estará destinada principalmente a desplazamientos urbanos. Por ello, no podrán transitar por la red vial estatal, vías perimetrales ni por aquellos tramos que sean restringidos por razones de seguridad vial.
Planteamiento a micromovilidad
La propuesta local, que será entregada al Gobierno en los próximos días, según explica Francisco Castro, gerente propietario de ScooStore Segway Ninebot, parte de establecer una diferenciación técnica y jurídica entre las motocicletas eléctricas y los scooters, debido a que son vehículos con características, dimensiones, pesos, prestaciones y usos completamente diferentes.
En el caso de las motocicletas eléctricas, por sus características, deberían contar con los mecanismos correspondientes de identificación, registro y matriculación. Sus usuarios deberían disponer de una licencia de conducir válida, aunque no necesariamente exclusiva o especial para este tipo de vehículos.
Asimismo, se plantea implementar un proceso de matriculación gratuito o con un costo mínimo, cuyo objetivo sea garantizar la correcta identificación y registro de cada vehículo. Como parte de este proceso, la propuesta contempla analizar la incorporación de un registro de la batería del vehículo. El objetivo es que, una vez que las baterías cumplan su vida útil, sean entregadas correctamente en centros autorizados para su tratamiento, reciclaje o disposición final.
De esta manera, el registro se convertiría también en una herramienta de responsabilidad ambiental. Incluso, se plantea la posibilidad de establecer incentivos económicos o beneficios para promover esta práctica.
En cuanto a los scooters tipo monopatín, Castro señala que la propuesta es clasificarlos en dos categorías: vehículos de micromovilidad con una velocidad máxima de fábrica de hasta 25 kilómetros por hora (km/h) y vehículos de micromovilidad con una velocidad máxima de fábrica superior a 25 km/h.
Ambas categorías deberían mantener obligaciones básicas de seguridad y convivencia vial similares. Entre ellas se plantea el uso obligatorio de casco, el respeto permanente de las señales y normas de tránsito, la prohibición de conducir bajo los efectos del alcohol o drogas y el cumplimiento de las condiciones y velocidades establecidas para cada espacio.
Respecto a la velocidad, Castro considera que no se deben tomar en cuenta únicamente las características técnicas del equipo, sino también el espacio en el que se desarrolla la circulación. En calles urbanas convencionales, los usuarios deberán respetar los límites de velocidad establecidos mediante la señalización correspondiente.
En ciclovías, vías compartidas y espacios donde exista convivencia con peatones, los municipios deberían establecer límites de velocidad específicos, de acuerdo con las características y los niveles de circulación de cada zona.
Finalmente, la propuesta plantea generar también incentivos para promover la entrega de las baterías al término de su vida útil, con el propósito de garantizar un manejo adecuado y reducir su impacto ambiental.
Aciertos y dudas por normativa
Las nuevas reformas a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial generan cuestionamientos incluso entre los propios legisladores de la Asamblea Nacional, debido a desacuerdos con algunos de sus articulados.
Roque Ordóñez, asambleísta por Azuay, señaló que, si bien está de acuerdo con regular el uso de motocicletas eléctricas, scooters y otros vehículos de micromovilidad, considera que las reformas podrían poner en riesgo las competencias que actualmente tienen los gobiernos municipales en materia de tránsito.
Ordóñez explicó que la normativa abriría la posibilidad de que la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) modifique o transfiera determinadas competencias de control a la Policía Nacional, una institución que, según el legislador, ya enfrenta una fuerte presión debido a los actuales niveles de inseguridad.
“En este aspecto, la ley es dañina porque se convierte en una normativa centralista que podría intervenir cuando quiera, bajo criterios subjetivos”, cuestionó el asambleísta. (I)
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